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El peaje electrónico llega al Eje Cafetero

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Foto Autopistas del Café

  • Revelan decreto que oficializa aumento de peajes para el 2024

Manizales, diciembre 5 de 2023. Autopistas del Café anunció que ya se puede hacer el pago en los peajes a través del dispositivo TAG que se ubica en el parabrisas del carro y que permite realizar el pago recargando con anterioridad. 

Este dispositivo funciona en todo el país y se comunica con los peajes mediante tecnología de identificación por radiofrecuencia (RFID). 

Las ventajas

De acuerdo con lo informado por Autopistas del Café, son varias las ventajas de pagar a través de estos dispositivos el paso por los peajes de la Autopista del Café:

  1. Elimina el uso del pago en efectivo.
  2. Disminuye el tiempo de paso por los mismos.
  3. Aumenta la calidad del servicio al contarse con variadas ofertas comerciales de los intermediarios de los TAG: pre-pago y post-pago.
  4. Permite la trazabilidad de los pagos para llevar el control de los gastos y hacer seguimiento logístico a las operaciones de transporte.
  5. Permite el pago de todos los peajes del país con un mismo dispositivo .

Peajes habilitados

San Bernardo

Pavas

Tarapacá I

Tarapacá II

Circasia y Corozal

Así funciona

El usuario escoge el intermediario que más le convenga, entre aquellos habilitados en Colpass. Gopass, Vía Rápida Telepeaje, Facilpass, Flypass, Copiloto y Openpas

Después de realizar el proceso en la página web del intermediario elegido, el usuario recibirá un TAG que recargará con los medios de pagos que ofrece el operador del servicio,

Un Avance

La presidente encargada de la ANI, Carolina Barbanti, expresó sobre el particular que  “la implementación del servicio de pago electrónico en Autopistas del Café marca un avance en la modernización de la infraestructura de transporte en la región para simplificar y hacer más eficientes los viajes por el Eje Cafetero y su conexión con el resto de Colombia. Invitamos a todos los usuarios a adquirir su tag y a recorrer este importante corredor”.

Avance Crucial 

El Gerente General de Autopistas del Café, Mauricio Vega, dijo que “el servicio del pago electrónico en nuestros peajes es un avance crucial para hacer que los viajes por el Eje Cafetero sean más simples y eficientes. Agradecemos la colaboración del Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Infraestructura por su compromiso con la mejora continua de la movilidad en nuestro territorio”.

Aumento de Peajes para el 2024

El Ministerio de Transporte dio a conocer un borrador del decreto que oficializará el aumento progresivo de las tarifas de los peajes que estén bajo la responsabilidad del INVIAS y la ANI, para el próximo año.

Los considerandos del decreto dicen:

“Que como medida antiinflacionaria, mediante el Decreto 050 de 2023, el Gobierno Nacional decidió para el año 2023 no incrementar las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) y de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI). 

Que como quiera que los índices macroeconómicos de los últimos meses han indicado una estabilidad inflacionaria en el costo de vida de la canasta familiar, según reporte del mes de septiembre de 2023 que destacan que la variación anual del IPC fue 10,99%, es decir, 0,45 puntos porcentuales menor que la reportada en el mismo periodo del año anterior, cuando fue de 11,44%, se hace necesario que el Ministerio de Transporte establezca las disposiciones para el incremento gradual de estas. 

Que, para dar cumplimiento a lo anterior, en desarrollo del artículo 2, literal b) de la Ley 105 de 1993 y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 87 de 2011, el Ministerio de Transporte cuenta con la competencia permanente para establecer las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) y de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI). Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 448 de 1998 y sus decretos reglamentarios, las modificaciones a los planes de aportes implican el análisis de la totalidad de las obligaciones contingentes. 

Que dada la urgencia de contar con la modificación a los planes de aportes registrados, se requiere habilitar la presentación de planes de aportes parciales que atiendan únicamente las posibles obligaciones contingentes que se puedan presentar sobre los proyectos de concesión o asociaciones público-privadas en el contexto de lo señalado en los considerandos anteriores. 

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8° del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015, el proyecto de decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Transporte

Estos son los decreta del documento:

Artículo 1°. Instrucciones para el incremento gradual de las tarifas de peaje. El Ministerio de Transporte realizará, mediante las resoluciones correspondientes a partir del mes de enero de 2024, el incremento gradual de las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) y de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), de acuerdo con el plan gradual que para el efecto establezca. 

Parágrafo 1.A más tardar el 31° de diciembre del año 2024, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), finalizará la normalización del esquema tarifario estimado para ese momento, según las condiciones contractuales de cada caso

Parágrafo2.Previo a la expedición de las resoluciones de incremento gradual de las tarifas de peaje, el Ministerio de Transporte consultará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Estadísticas -DANE, las determinantes económicas e inflacionarias del país durante la vigencia 2024. 

Artículo 2°. Presentación y aprobación de planes de aportes parciales. De acuerdo con lo establecido en el Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 4 del Libro del Decreto 1068 de 2015, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá aprobar, por una única vez y por cada contrato, los planes de aportes parciales que le presente la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), que incluyan únicamente las posibles obligaciones contingentes que se deriven del no incremento de tarifas de peaje en las estaciones a cargo de la ANI conforme lo dispuesto por el artículo 2.2.2.1.11.3. del Decreto 1082 de 2015. 

Artículo 3°. Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, deroga el artículo 1° del Decreto 050 de 2023 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

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