En Medellín, Pico y Placa hoy solo restringe taxis con terminación 9

Compartir en redes sociales

La Alcaldía de Medellín, a través de su Secretaría de Movilidad, anunció que este viernes 26 de diciembre no se aplicará la restricción vehicular de pico y placa para vehículos particulares, motocicletas y transporte de carga en la ciudad, limitándose únicamente a los taxis con placas terminadas en 9. Esta medida busca reducir la circulación de automóviles, el tránsito vehicular, los accidentes de tránsito y la contaminación ambiental, y se extiende durante el horario habitual de 5:00 a 20:00 para particulares y motos, y de 6:00 a 20:00 para taxis. Paralelamente, la entidad dio a conocer el calendario de restricciones para el segundo semestre de 2025, que regirá de lunes a viernes según el último dígito de la placa para particulares y el primer dígito para motos.

Para el venidero período, los vehículos particulares enfrentarán las siguientes limitaciones: los lunes no podrán circular aquellos con terminaciones 6 y 9; los martes, 5 y 7; los miércoles, 1 y 8; los jueves, 0 y 2; y los viernes, 3 y 4. Las motocicletas seguirán el mismo esquema, pero considerando el primer dígito de su placa. Este programa modifica las restricciones diariamente en función del día de la semana, el tipo de vehículo y el dígito correspondiente, aplicándose exclusivamente en el área urbana de Medellín.

Excepciones y sanciones por incumplimiento

Entre las excepciones a esta medida se encuentran los vehículos de emergencia, los destinados a servicios médicos, aquellos propulsados por gas natural, el transporte terrestre de pasajeros y alimentos, el servicio público, los medios de comunicación, la seguridad, las personas con discapacidad, los de valores, los diplomáticos y aquellos autorizados por la Secretaría de Movilidad, los cuales cuentan con conexión al Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) por lo que no requieren una nueva solicitud de exoneración. Cabe destacar que hoy, 26 de diciembre, tampoco aplica la restricción a motos, particulares ni transporte de carga.

El incumplimiento de estas normas conlleva una sanción equivalente a 711.750 pesos, correspondiente a 15 días de salario mínimo legal mensual vigente, calculado a razón de 47.450 pesos diarios, conforme al inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. Con esta actualización, la Alcaldía de Medellín refuerza su compromiso por una movilidad más segura y sostenible en la capital antioqueña.

Sigue leyendo