La Alcaldía de Medellín, a través de su Secretaría de Movilidad, informó que este viernes 26 de diciembre no se aplicará la restricción vehicular de Pico y Placa para motocicletas, vehículos particulares y de transporte de carga, limitándose únicamente a los taxis con placas terminadas en el dígito 9, de acuerdo con el calendario oficial. Esta medida rige en el horario de 5:00 a 20:00 horas para particulares y motos, y desde las 6:00 horas para taxis, con el objetivo de reducir la circulación de automóviles, el tránsito vehicular, los accidentes y la contaminación, mejorando así la calidad del aire en la ciudad.
El programa Pico y Placa en Medellín establece restricciones diarias que varían según el día de la semana, el tipo de vehículo y el último dígito de la placa para particulares y taxis, o el primer dígito para motocicletas. Funciona de manera diferente en cada ciudad, y las exenciones se gestionan a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) sin necesidad de una nueva solicitud. Estas restricciones afectan el tránsito diario de lunes a viernes en horarios específicos.
Calendario de rotación para el segundo semestre de 2025
Para el segundo semestre de 2025, la rotación se aplicará de lunes a viernes entre las 5:00 y 20:00 horas para particulares y motos, y de 6:00 a 20:00 para taxis. Los vehículos particulares con placas terminadas en 6 y 9 no podrán circular los lunes; los terminados en 5 y 7, los martes; en 1 y 8, los miércoles; en 0 y 2, los jueves; y en 3 y 4, los viernes. Las motocicletas seguirán el criterio del primer dígito de la placa, mientras que el 26 de diciembre no tendrán restricción alguna.
Excepciones y vehículos autorizados
Entre los vehículos exentos de la medida se encuentran aquellos de emergencia, atención médica, propulsados a gas natural vehicular, dedicados al transporte terrestre de alimentos, servicio público, medios de comunicación, seguridad, personas con movilidad reducida o discapacidad, transporte de valores, diplomáticos y los autorizados por la Secretaría de Movilidad. Estas excepciones buscan garantizar servicios esenciales sin interrupciones.
Sanciones por incumplimiento
Quienes transiten en horario restringido enfrentarán una multa equivalente a 15 días de salario mínimo vigente, es decir, 711.750 pesos, con un valor diario de 47.450 pesos, según el artículo 131 inciso C del Código Nacional de Tránsito. La Alcaldía de Medellín enfatiza la importancia de respetar el calendario para contribuir a una movilidad más segura y sostenible en la ciudad.










