Sandra Tatiana Palacios Maturana, excandidata a la Cámara de Representantes por el Partido Liberal en el departamento del Chocó, presentó una solicitud formal ante la Procuraduría Regional para que supervise el escrutinio electoral, la revisión de resultados, la apertura de paquetes electorales y el recuento de tarjetones, debido a presuntas inconsistencias detectadas en al menos once formularios E-14. La petición, impulsada por su abogado y apoderado Walter Alonso Jegén Taborda, se dirige al procurador Regional del Chocó e incluye un adjunto detallado con once casos específicos de irregularidades, como las observadas en mesas electorales de municipios como Acandí, particularmente las mesas 007 y 005.
Entre las anomalías reportadas destacan diferencias en los totales de votos, correcciones visibles y repintado de cifras en las actas, ausencia de firmas de los jurados, así como variaciones en la nivelación de mesa, que implican discrepancias entre el número de votantes registrados, los votos depositados en la urna y los consignados en el acta. Los formularios E-14, que son las actas elaboradas por los jurados con el registro de votos por candidato o partido, muestran sumas no coincidentes y trazos adicionales en las cifras, lo que genera dudas sobre la integridad del proceso.
Presuntas inconsistencias en formularios E-14
Palacios Maturana había radicado previamente una petición de saneamiento ante la comisión escrutadora departamental, integrada por delegados de la Registraduría Nacional y el Consejo Nacional Electoral. Esta nueva solicitud busca garantizar la transparencia electoral y proteger los derechos políticos, invocando el numeral tercero del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que alude a situaciones en las que los documentos electorales contienen datos contrarios a la verdad o han sido alterados con el propósito de modificar los resultados.
“los documentos electorales contengan datos contrarios a la verdad o hayan sido alterados con el propósito de modificar los resultados electorales”
Numeral tercero del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
“con el único fin de que se brinde transparencia y se garantice el ejercicio y derecho Constitucional de elegir y ser elegido dentro del marco del respeto y la igualdad”
Documento de solicitud de Sandra Tatiana Palacios Maturana
La intervención procuratorial podría derivar en la anulación de actos de elección si se confirman las irregularidades, reforzando así el principio de igualdad en el sufragio y el respeto al derecho constitucional de elegir y ser elegido en el Chocó.











