En un foro académico sobre razonamiento probatorio realizado esta semana en Bogotá, Valledupar y Santa Marta, la exmagistrada de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Margarita Durán, respaldó la actuación de la Corte Constitucional al suspender provisionalmente el Decreto 1474 de 2025 de emergencia económica, en medio de una recusación presentada por la Presidencia de la República contra seis de sus magistrados: Héctor Carvajal, Carlos Camargo, Vladimir Fernández, Miguel Polo Rosero, Natalia Ángel, Paola Andrea Meneses y Lina Marcela Escobar. Este pronunciamiento se dio durante un evento moderado por José Luis Moreno, con participación de funcionarios de la Rama Judicial, mientras el gobierno, a través del secretario jurídico Augusto Ocampo, argumenta un presunto interés económico de los jueces derivado del impuesto al patrimonio incluido en las medidas suspendidas.
La Corte Constitucional decidió la suspensión provisional del decreto y de otras normas relacionadas mediante los autos 082 y 084 del 29 de enero de 2026, afectando disposiciones como el impuesto al patrimonio para quienes superen los 2.000 millones de pesos y un IVA del 9% a bebidas alcohólicas y apuestas. Este antecedente se suma al Auto 272 de 2024, que ya avaló la competencia de la Corte para tales suspensiones provisionales, ratificando su autoridad en estados de excepción cuando los perjuicios superan los beneficios pretendidos.
Recusación por presunto interés patrimonial
La Presidencia solicitó la nulidad de los autos 082 y 084 y recusó a los magistrados señalando que sus patrimonios, declarados públicamente en las declaraciones de renta y todos iguales o superiores a 2.094 millones de pesos, los ubican directamente como destinatarios del impuesto al patrimonio cuya constitucionalidad deben juzgar, configurando un interés económico actual, directo e inmediato que compromete su imparcialidad.
«La Corte Constitucional si tiene competencia para declarar la suspensión provisional de ese decreto cuando considera que los perjuicios van a ser peores, que lo que se pretende remediar».
Cecilia Margarita Durán, exmagistrada de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia
Durán enfatizó la lógica normativa al afirmar que, si la Corte puede declarar inconstitucional el decreto de manera definitiva, con mayor razón puede suspenderlo provisionalmente, respaldado por precedentes como el Auto 272 de 2024 que avala esta facultad y establece un principio de legalidad.
«Actualmente hay una discusión que yo no le veo lógica, pues la norma dice que la Corte Constitucional puede declarar de manera definitiva inconstitucional ese decreto si así lo considera, pues con más verás puede suspenderlo».
Cecilia Margarita Durán, exmagistrada de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia
«pues en un caso diferente la misma Corte Constitucional ratificó que si podía tomar estas decisiones, lo que de entrada da un principio de legalidad porque con anterioridad previó esa situación y así lo avaló, entonces no estamos aquí ante una incompetencia o una falta de funciones de la Corte Constitucional».
Cecilia Margarita Durán, exmagistrada de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia
«Los magistrados recusados integran objetivamente ese grupo, en tanto superan el umbral patrimonial fijado por la norma, lo cual los convierte en destinatarios directos, inmediatos y específicos del tributo cuya constitucionalidad deben juzgar».
Recurso de la Presidencia (Augusto Ocampo, secretario jurídico)
Este debate institucional pone en el centro las competencias judiciales durante estados de excepción y el impacto de recusaciones por conflictos de interés económico, en un contexto de tensiones entre el Ejecutivo y la Corte Constitucional que podrían definir el curso de las medidas de emergencia económica.















