Fiscal Camargo cuestiona resolución de Patiño para suspender capturas de cinco del Clan del Golfo

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La fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, cuestionó duramente al consejero comisionado de Paz, Otty Patiño, por medio de una misiva en la que se opone a la solicitud de suspensión de órdenes de captura contra cinco integrantes del Clan del Golfo, medida impulsada mediante la Resolución 274 emitida el 24 de diciembre de 2025. Esta resolución, dirigida a entidades como la Fiscalía General y el Ministerio de Defensa Nacional, busca garantizar la «seguridad humana y jurídica» durante el desplazamiento de estos individuos hacia tres Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) en Colombia, incluyendo la suspensión de ejecuciones de capturas e incluso aquellas con fines de extradición a Estados Unidos.

Entre los beneficiarios figuran alias Chiquito Malo y otros cabecillas del Clan del Golfo, al menos dos de ellos con órdenes de captura vigentes y conceptos favorables de la Corte Suprema de Justicia para su extradición a territorio estadounidense. La Fiscalía argumenta que no posee las facultades ni la capacidad para asumir tales garantías de seguridad personal a miembros de grupos armados organizados que se dirijan o permanezcan en las ZUT, responsabilidad que, según la Ley 2272 de 2022 conocida como Paz Total, recae exclusivamente en el Ejecutivo. Camargo destaca que este marco legal, en su artículo 8, establece la suspensión de órdenes de captura en dichas zonas solo hasta que el Gobierno determine lo contrario o declare culminado el proceso, pero cuestiona el limitado número de personas incluidas en el listado para cubrir tres ZUT, en el contexto de la política de Paz Total impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro.

La postura de la Fiscalía y el marco legal

En su comunicación, la fiscal general enfatiza que su institución no puede intervenir en la protección de estos desplazamientos, dejando claro que tales medidas deben ser asumidas por otras instancias gubernamentales. La resolución de Patiño, por su parte, resuelve comunicar la medida a las autoridades competentes para que apliquen la suspensión y adopten «las medidas necesarias y eficaces» durante el trayecto hacia las ZUT, donde quedaría suspendida la ejecución de las órdenes contra estos y otros miembros del grupo armado al margen de la ley.

«(Resuelve) comunicar la presente Resolución a las entidades y autoridades competentes, en particular a la Fiscalía General de la Nación para aplicar la suspensión de la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición (…) así como al Ministerio de Defensa Nacional, para adoptar las medidas necesarias y eficaces para brindar seguridad humana y jurídica necesaria durante el transcurso del desplazamiento de los integrantes del grupo armado organizado.»

Resolución 274, Otty Patiño, Consejero comisionado de Paz

«La Fiscalía no tiene capacidad ni funciones de garantizar la seguridad personal de los integrantes de los grupos armados que se dirijan o permanezcan en la ZUT.»

Luz Adriana Camargo, Fiscal General de la Nación

Este intercambio se da en un momento clave de la implementación de la Ley 2272, cuyo artículo 8 precisa que «en las zonas aludidas quedará suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición, contra estos y los demás miembros del grupo armado organizado al margen de la ley al igual que durante el transcurso del desplazamiento hacia las mismas hasta que el Gobierno así lo determine o declare que ha culminado dicho proceso». La permanencia en las ZUT está condicionada a actitudes de paz y convivencia, según el listado aceptado para iniciar estos desplazamientos, lo que añade tensión a las negociaciones en curso.

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