La Fiscalía General de la Nación implementó un cambio de fondo en la manera como ingresan las denuncias al sistema penal colombiano. A través de la Directiva 0002 de 2026, suscrita el pasado 12 de agosto, la entidad estableció un nuevo modelo que introduce un filtro técnico obligatorio de verificación y análisis antes de que un caso sea asignado a un fiscal. La medida, de aplicación nacional para todas las Direcciones Seccionales y Especializadas, busca poner fin a las investigaciones duplicadas, identificar relaciones entre distintas actuaciones judiciales, detectar patrones delictivos de forma temprana y direccionar los casos hacia la dependencia competente desde las primeras etapas del proceso.
El nuevo procedimiento se estructura en cuatro etapas claramente definidas. En la primera, denominada recepción, ingreso y clasificación de la información, la denuncia es recibida a través de los canales formales habilitados por la Fiscalía: la Red Privada Virtual de la Uiaf, la Ventanilla Única de Correspondencia, la plataforma Denuncia Fácil (web), los Centros de Atención de Fiscalías, las Casas de Justicia, los Puntos de Atención y las líneas telefónicas. La entidad aclara que ni el correo electrónico institucional ni el sistema de gestión documental constituyen canales formales de denuncia, por lo que la información que llegue por esas vías deberá ser incorporada al sistema institucional de recepción. A cada ingreso se le asignará un número de radicado administrativo, el cual sirve únicamente para trazabilidad interna y no crea la noticia criminal ni condiciona los derechos del denunciante.
Un filtro previo para evitar duplicados y direccionar mejor los casos
La segunda etapa consiste en el análisis detallado de la información recibida. Allí se verifica si los hechos descritos constituyen efectivamente un delito, si existe duplicidad con otras denuncias ya registradas y si hay posibles asociaciones con casos en curso. En caso de que la información sea insuficiente, la Fiscalía solicitará al usuario una ampliación con datos sobre sujetos, lugar, fecha y circunstancias. La directiva contempla causales de inadmisión cuando la descripción sea genérica, vaga o confusa, cuando no exista motivación suficiente para inferir que los hechos ocurrieron o cuando la conducta reportada no tenga características de delito. Solo después de superar este filtro se pasa a la tercera fase: la creación de la noticia criminal o, si ya existe un caso abierto con elementos comunes, la asociación del nuevo reporte al radicado existente.
La asociación de casos se realiza teniendo en cuenta criterios como el modus operandi, la identidad de las víctimas o de los indiciados, la naturaleza de la conducta y la georreferenciación de los hechos. Una vez el caso es asignado a un fiscal, este puede aceptar o rechazar la asociación propuesta; si la rechaza, debe dejar constancia escrita y motivada. En caso de que el fiscal no responda, el asunto se remite al director o al superior jerárquico. Con el nuevo modelo, la noticia criminal solo se genera cuando se ha verificado que los hechos constituyen delito, se descartaron duplicidades y se evaluaron posibles conexiones con otros casos.
Impacto en la gestión fiscal y seguimiento institucional
Una vez que el caso llega al despacho del fiscal, este deberá adelantar las actuaciones de rigor: solicitar medidas de protección o restablecimiento del derecho, obtener y preservar elementos materiales probatorios como cámaras de seguridad, datos telefónicos o bancarios, y aplicar las reglas de archivo cuando corresponda. La directiva también precisa que las denuncias que no cumplan los requisitos del Código de Procedimiento Penal podrán ser inadmitidas o remitidas a otras autoridades, y que los casos relacionados podrán unificarse en un solo radicado bajo decisión del fiscal competente, con fundamento en el artículo 124 de la Ley 1708 de 2014 para extinción de dominio.
La implementación de este nuevo modelo no será inmediata en todos sus componentes tecnológicos. Mientras se realizan los ajustes informáticos necesarios, las Secciones de Atención al Usuario, Intervención Temprana y Asignaciones deberán realizar de forma manual la verificación y remisión de las denuncias. El seguimiento de la directiva se hará en dos niveles: los directores y delegados controlarán la recepción y la intervención temprana, mientras que los despachos del Fiscal General y del Vicefiscal General supervisarán la implementación mediante indicadores de desempeño.










