La Fiscalía General de la Nación se apresta a anunciar la imputación de cinco cargos contra Alexander Díaz Mendoza, conocido como alias “Calarcá”, cabecilla de una facción del Estado Mayor Central de las disidencias de las FARC, por su presunta participación en delitos graves como desaparición forzada, homicidio en persona protegida, concierto para delinquir agravado y desplazamiento forzado, en el marco del conflicto armado colombiano. Esta acción se da a tres meses del fin del Gobierno del presidente Gustavo Petro, tras la captura del sujeto en julio de 2024 en territorio colombiano, donde se movilizaba junto a alias Firu y alias Erika, aunque fue liberado horas después por beneficios derivados de su rol como gestor de paz en un proceso ahora suspendido.
Los cargos imputados conllevan penas severas según la legislación penal colombiana: el homicidio en persona protegida establece una mínima de 40 años de prisión, que puede incrementarse hasta una tercera parte o mitad si la víctima es mujer; la desaparición forzada oscila entre 26 y 45 años, llegando hasta 50 con agravantes conforme al artículo 166 del Código Penal; y el concierto para delinquir agravado parte desde 12 años. La pena final se determina tomando la más grave como base, sumando las demás mediante un sistema de cuartos según las circunstancias de punibilidad, sin superar el tope máximo legal de 60 años en el país.
Reacciones del abogado defensor y precisiones legales
David Sinitave, abogado de alias “Calarcá”, ha cuestionado la imputación al señalar que la Fiscalía pretende atribuirle estos delitos sin mayor detalle sobre la forma en que se le endilgarán las conductas punibles, y las penas mencionadas podrían variar según el grado de participación, ya sea como autor, determinador o cómplice, equiparando esta última a la del autor material.
“La Fiscalía pretende imputar a alias Calarcá de los anteriores delitos, sin tener hasta el momento mayor información de la forma en que se atribuirán cada una de las conductas punibles, y las penas puestas de presente anteriormente pueden variar de acuerdo el grado de participación que se le impute, autoría o complicidad, toda vez que para el determinador o más conocido que la persona de atrás se tiene prevista la misma pena del autor material del delito”
David Sinitave, abogado
El jurista también enfatizó que la Fiscalía deberá argumentar suficientemente los meses adicionales de prisión por cada delito, pues no es constitucionalmente válido una simple suma aritmética de las penas.
“Deberá argumentar suficientemente los otros meses de prisión que se adicionarán por cada uno de los otros delitos, toda vez que no es constitucionalmente válido hacer una suma aritmética de las penas de cada delito”
David Sinitave, abogado
Contexto en el proceso de paz y rol de alias “Calarcá”
Alias “Calarcá” asumió la cabecilla de su facción tras conflictos internos con alias “Iván Mordisco”, en un momento en que el Gobierno Petro ha visto suspendido el proceso de paz con el EMC y sin avances significativos en acuerdos con grupos armados. Su captura y esta imputación lo alejan definitivamente de las mesas de diálogo, cuyo retiro es una decisión discrecional exclusiva del presidente de la República, en el marco de la fallida política de “Paz Total”.
Este desarrollo judicial representa un golpe adicional a los esfuerzos por la reconciliación en Colombia, destacando las tensiones persistentes en el posconflicto y las dificultades para judicializar a líderes de estructuras disidentes sin comprometer procesos políticos en curso.












