La Fiscalía General de la Nación, a través del fiscal 175 local de Medellín, Carlos Arturo Gómez Osorio, y bajo la dirección de Luz Adriana Camargo, ordenó medidas de protección urgentes a favor del empresario de eventos y conciertos Ricardo Leyva Páez contra su exesposa Karen Santos García, imputada por presunta extorsión agravada. Estas medidas incluyen una prohibición absoluta de contacto directo o indirecto entre Santos y Leyva o su núcleo familiar, salvo orden judicial superior, así como atención prioritaria en los Centros de Atención Inmediata (CAI) y acompañamiento policial proactivo en Medellín, Colombia. La decisión se basa en la denuncia presentada por Leyva, quien manifestó un riesgo inminente por amenazas de divulgación de un video íntimo y daño a su reputación profesional.
El despacho fiscal detalló que las conductas presuntamente realizadas por Santos justifican estas protecciones, que también abarcan rutas y protocolos de atención especializada para Leyva y su familia, con un seguimiento policial constante. Esta acción se enmarca en una investigación preliminar por extorsión agravada, donde las medidas buscan prevenir cualquier acercamiento o comunicación, priorizando canales neutrales en excepciones legales como regulaciones de visitas a hijos menores.
Denuncias cruzadas marcan el conflicto
El caso se complica por denuncias mutuas entre las partes: mientras Leyva acusa a Santos de extorsión y hostigamiento, ella lo señala por violencia física y psicológica, respaldando sus afirmaciones con videos de agresiones, incluyendo un incidente con cuchillo, visitas a urgencias por golpes y una pérdida parcial de visión en un ojo. Santos presentó estos materiales tanto a la Fiscalía como a un medio de comunicación, sin haber recibido medidas de protección similares hasta el momento. Las denuncias son manejadas por fiscales distintos, lo que genera una fragmentación procesal sin intercambio de información en esta fase inicial, según explican voces expertas consultadas.
“El Despacho Fiscal adopta estas medidas con base en la manifestación de riesgo inminente formulada por el denunciante, RICARDO LEYVA PÁEZ, en el marco de la investigación por los PRESUNTOS DELITOS de Extorsión Agravada. El riesgo manifestado por el denunciante se concreta en las siguientes conductas presuntamente realizadas por la indiciada”
Documento judicial de la Fiscalía General de la Nación
“Prohibición Absoluta de Contacto (MEDIDA PRINCIPAL Y CONDICIONADA): Se ordena la PROHIBICIÓN ABSOLUTA a la indiciada de acercarse, contactar o comunicarse con el denunciante o su núcleo familiar por cualquier medio, SALVO QUE EXISTA ORDEN JUDICIAL O LEGAL SUPERIOR QUE OBLIGUE DICHO CONTACTO (ej. Regulación de visitas a hijos menores). En caso de existir dicha excepción, el contacto debe ser estrictamente el necesario para cumplir el mandato legal/judicial, debiendo canalizarse preferentemente por terceras personas neutrales”
Documento judicial de la Fiscalía General de la Nación
Por su parte, Karen Santos García ofreció su versión en una entrevista, afirmando: “La única razón por la que salí fue porque estaba huyendo, porque tenía miedo. Ese día llegamos a la casa después de haber terminado una gira de conciertos. Ricardo tiene un problema muy grande con el alcohol. Sus amigos y todas las personas que me conocen saben que yo traté de ayudarlo. Él era una persona cuando estaba con tragos y otra cuando estaba sobrio”. El caso ha trascendido al punto de que el presidente Gustavo Petro se pronunció públicamente tras las denuncias de Santos, según reportes de Revista Cambio, que tuvo acceso a los documentos judiciales y a la entrevista con la implicada.
Esta situación pone de manifiesto las complejidades en casos de violencia intrafamiliar con acusaciones recíprocas, donde la fragmentación procesal puede dilatar la justicia, mientras las partes buscan protección inmediata en medio de un conflicto que involucra figuras públicas y mediáticas en el ámbito de los eventos en Colombia.

















