La Veintitrés

Gobiernos virtuales

Compartir en redes sociales

Por Samuel Salazar Nieto

Los gobernantes y personas que fungen como cabeza de una entidad del Estado cualquiera, ya no podrán utilizar las redes sociales como herramienta para divulgar la información oficial que produzcan las instituciones a su cargo. Es decir, se les acabó el recreo a los que en lugar de gobernar buscan convertirse en influenciados para promocionar sus ejecutorias, captar seguidores, ganar aplausos, imagen, reconocimiento y extender lo que inicialmente fue una campaña electoral, a su período como servidores públicos, que además nutren sus cuentas personales por cuenta del presupuesto de las oficinas de prensa y/o comunicaciones, es decir, con el dinero  de los impuestos de los colombianos.

El 30 de diciembre el gobierno nacional sancionó la Ley 2345 que implementa el Manual de Identidad de las Entidades Estatales, prohíbe las Marcas de Gobierno y establece medidas para la austeridad en la publicidad estatal, una norma que llega en un momento en el que el manejo del tratamiento de la información pública se desnaturalizó.

El convertir los cargos públicos en plataformas para el despegue o avance en una carrera política y la errada interpretación del derecho a la información de los ciudadanos, alteraron por completo los principios de la  información pública y la publicidad, los fusionaron, les incluyeron conceptos de marketin y mercadeo y, para completar el coctel perfecto, le agregaron una pisca, a veces hasta sobrdosis, de carga editorial

A lo anterior se suma la indiferencia de los organismos de control, pese a que desde comienzos de este siglo existen normas de austeridad en el gasto bastante rígidas que hoy son sólo letra muerta; porque no se entiende cómo gobernantes en el epilogo de su mandato gasten cientos de millones de pesos en impresiones de lujo, folletos, volantes, placas, ostentosas vallas, cacareando los buenos resultados de su gestión, lo que de por sí es un desvío en los objetivos de la publicidad estatal que debe estar limitada a la divulgación de la oferta institucional, sin que ninguna de las “ías”  asuma su tarea de averiguar qué está pasando.

La nueva ley, seguramente no cambiará  ese estilo al que ha mutado la comunicación oficial, pero llega en un momento en el que los abusos son  evidentes y podrá ser un soporte para denunciarlos con bases firmes. No es lo mismo pedir que se investigue a un funcionario, por ejemplo,  por la sobreexposición  y despliegue de recursos humanos y técnicos en sus cuentas personales, las que convierte en el vehículo oficial de información, a poder llamar la atención de ese tipo de situaciones argumentando la violación de estas recientes disposiciones. 

 “No se podrá erogar presupuesto público sobre cuentas personales de quienes ocupen los cargos públicos” dice  la Ley 2345 que entre otras cosas dispone que todas las entidades oficiales tendrán que tener elaborado el Manual de Identidad Visual (MIV), el 30 de junio de este año, previo a haberlo socializado “con el fin de que la ciudadanía realice comentarios, sugerencias u observaciones sobre el mismo”, las cuales formarán parte este documento en un anexo.

Así mismo, desaparecen las marcas de gobierno, los símbolos, las imágenes o mensajes que hagan alusión a ellas; es decir, adiós a los “Primero la Gente”, “Manizales más Grande” o “Manizales Avanza”. El único logotipo que acompañará el nombre de la entidad será el escudo o la bandera, a menos que se acredite la apropiación cultural o histórica de otro elemento.

Las únicas cuentas en redes sociales habilitadas para la información oficial serán de la respectiva entidad y deberán quedar definidas en el Manual de Imagen Visual  junto a los responsables de la vocería a través de ellas, que no serán sus propietarios, sino sus operadores. Esto va a evitar que desde las oficinas de prensa se armen equipos con comunity managers, realizadores, productores, camarógrafos, fotógrafos, periodistas, dedicados exclusivamente a elaborar contenidos para las redes sociales personales del fulano de turno.  Estos equipos no desaparecen, deben existir, pero en función de la elaboración de la información para los canales oficiales de difusión. 

Queda prohibido también “todo gasto en materia de publicidad de naturaleza estatal, que tenga el objeto de autopromocionar, enaltecer o denigrar la imagen de funcionarios del gobierno nacional o territorial, a través de la promoción de sus cuentas personales, y/o de partido o movimiento político y marcas de gobierno”.  

Es posible que la nueva norma se quede corta o que muy pronto aparezcan malabares para evadirla. (hecha la ley hecha la trampa), pero se trata de un avance en el que por primera vez se incluye en la legislación colombiana normas sobre las condiciones en que deben proceder los funcionarios públicos frente al manejo de las redes sociales y sus cuentas de carácter personal. 

Queda de esta manera el camino abierto para corregir el rumbo y garantizar plenamente el derecho a la información de los ciudadanos a través de unidades de comunicaciones concentradas en esa misión, dedicadas a proteger la imagen de la institución y no la del jefe y aplicando las normas y principios de la transparencia y del acceso a la información pública. 

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