Gobierno deroga tope del 30% para inversión de AFP en el exterior

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El Gobierno colombiano expidió el decreto 1490 de 2026, una norma que deroga el límite del 30% que tenían las Administradoras de Fondos de Pensiones para invertir en el exterior. La decisión, anunciada por la Casa de Nariño bajo el mandato del presidente Abelardo de la Espriella, junto con el Ministerio de Hacienda, devuelve a las AFP la facultad de definir libremente la composición de sus portafolios, con el argumento central de proteger el ahorro pensional de los trabajadores colombianos y buscar mejores condiciones de rentabilidad, diversificación y liquidez.

La medida deja sin efecto el decreto 0369 de 2026, expedido en abril de este mismo año, que imponía restricciones progresivas a la inversión en el exterior: un tope del 35% a tres años y del 30% a cinco años. La derogación ocurre antes de que dichas disposiciones comenzaran a tener efectos materiales sobre los recursos administrados, por lo que el cambio normativo se da en un momento clave para el manejo de las pensiones obligatorias. Con esta modificación, se elimina además la obligación que tenían las AFP de dirigir las nuevas cotizaciones hacia inversiones nacionales hasta alcanzar el límite permitido para el exterior.

Una decisión en pro de la diversificación y la rentabilidad

Desde Asofondos, el gremio que reúne a las administradoras, la reacción no se hizo esperar. Su presidente, Andrés Velasco, celebró la decisión del Gobierno y señaló que la ampliación de la capacidad de gestión permitirá a los fondos buscar mejores oportunidades en los mercados internacionales. “Esta es una decisión que va en pro de la diversificación y este es el principal elemento de la capacidad de un administrador de un fondo de obtener rentabilidad y hacer correcto manejo de los riesgos de liquidez y el riesgo en general de los portafolios”, afirmó Velasco.

«Esta es una decisión que va en pro de la diversificación y este es el principal elemento de la capacidad de un administrador de un fondo de obtener rentabilidad y hacer correcto manejo de los riesgos de liquidez y el riesgo en general de los portafolios»

Andrés Velasco, presidente de Asofondos

El decreto 1490, por su parte, fundamenta la decisión en el artículo 100 de la Ley 100 de 1993, que establece que los fondos de pensiones obligatorias deben invertir los recursos bajo condiciones que garanticen seguridad, rentabilidad y liquidez, con sujeción a los límites que fije el Gobierno nacional. La norma ahora derogada había sido expedida en abril, pero el Ejecutivo decidió revertirla invocando precisamente esa potestad reglamentaria para modificar o derogar los topes.

«Que conforme lo señala el artículo 100 de la Ley 100 de 1993, los fondos de pensiones obligatorias administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (en adelante AFP o administradoras) deberán invertir los recursos bajo condiciones que garanticen seguridad, rentabilidad y liquidez con sujeción a los límites que para el efecto establezca el Gobierno nacional; límites que este puede fijar, modificar o derogar en ejercicio de la potestad reglamentaria…»

Fragmento del decreto 1490 de 2026

Velasco insistió en que el mundo al que retornan los fondos es aquel en el que pueden invertir los recursos de los trabajadores colombianos en busca de la mejor rentabilidad y las mejores oportunidades para asegurar un retiro con una pensión digna. En ese sentido, el dirigente gremial recordó que las AFP están sometidas a una alta supervisión y regulación por parte del Estado, un elemento que, a su juicio, garantiza que la mayor libertad de inversión no se traduzca en un mayor riesgo para los ahorradores.

«El mundo al que retornan los fondos es aquel en el que pueden invertir los recursos de los trabajadores colombianos en pro de buscar la mejor rentabilidad y buscar las mejores oportunidades de un retiro con una pensión digna en Colombia»

Andrés Velasco, presidente de Asofondos

El Ministerio de Hacienda, por su parte, defendió la medida como una herramienta para proteger el ahorro pensional de los colombianos. Según el ministro, limitar las inversiones puede reducir la rentabilidad y, con el tiempo, afectar el valor de ese ahorro, por lo que la derogación del límite se presenta como una decisión orientada a maximizar el rendimiento de los recursos de cara al futuro de los pensionados. Con esta modificación normativa, el Gobierno busca dar un giro en la política de inversión de los fondos de pensiones, priorizando la libertad de gestión de las administradoras bajo el supuesto de que ello redundará en mejores condiciones para los afiliados.

«Limitar las inversiones puede reducir la rentabilidad y con el tiempo afectar el valor de ese ahorro»

Ministro de Hacienda

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