El presidente Abelardo de la Espriella expidió el pasado 9 de septiembre tres decretos que buscan garantizar la continuidad del calendario escolar para los estudiantes afectados por el terremoto del 10 de agosto de 2026, cuyo epicentro se localizó en San José del Palmar, Chocó. Las medidas, materializadas en los decretos 1386, 1387 y 1388 del Ministerio de Educación, autorizan el uso de espacios alternativos seguros, modalidades remotas de enseñanza, ajustes al cronograma académico y alivios administrativos y financieros para las Entidades Territoriales Certificadas. La decisión responde a los graves daños sufridos en las sedes educativas de las zonas impactadas, que amenazaban con interrumpir el acceso y la permanencia de los niños y jóvenes en el sistema escolar.
El sismo, de magnitud 7,4 Mw, dejó una huella devastadora en 16 departamentos y cerca de 500 municipios del país. De acuerdo con el último reporte de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), con corte al 15 de septiembre a las 06:30, se contabilizan 335 fallecidos, 4.516 heridos, 105 personas desaparecidas y 364 rescatadas en labores de búsqueda y rescate. En total, 486.917 personas resultaron afectadas, lo que equivale a 303.934 familias. La infraestructura habitacional también sufrió un duro golpe: 206.931 viviendas resultaron averiadas y 36.478 fueron destruidas por completo. Además, se reportaron 3.282 animales afectados y 3.003 rescatados. Las autoridades advierten que estas cifras aún están en proceso de consolidación y podrían variar a medida que se recopile información desde los territorios.
Las tres vías para no detener las clases
El Decreto 1386 habilita a las instituciones educativas a impartir clases en espacios alternativos que cumplan con condiciones de seguridad, así como a implementar modalidades remotas —virtuales o semipresenciales— mientras se recuperan las sedes dañadas. Por su parte, el Decreto 1388 faculta a las Entidades Territoriales Certificadas para reorganizar y flexibilizar los calendarios académicos, permitiendo adelantar o posponer periodos lectivos según las condiciones locales de la emergencia. El Decreto 1387, en tanto, establece alivios administrativos y financieros temporales para dichas entidades, con el fin de agilizar la gestión de recursos y trámites ante la situación excepcional. En conjunto, las tres normas buscan evitar que la catástrofe natural se traduzca en una interrupción prolongada de la educación para miles de niños y adolescentes.
«Nuestra prioridad, la prioridad del Gobierno, es que ningún niño o joven tenga que dejar de estudiar como consecuencia del terremoto. La emergencia puede haber afectado los colegios, pero no vamos a permitir que interrumpa el futuro de nuestros niños y jóvenes».
Abelardo de la Espriella, presidente de Colombia
El Ministerio de Educación anunció que mantendrá una coordinación estrecha con las autoridades locales y las Secretarías de Educación departamentales y municipales para verificar la correcta aplicación de los decretos en cada región y acompañar la recuperación paulatina de las sedes educativas. Mientras las labores de reconstrucción avanzan, las comunidades escolares deberán adaptarse a las nuevas disposiciones, con la expectativa de que la flexibilidad normativa permita minimizar el impacto del terremoto en el proceso formativo de una generación que ya ha sufrido las consecuencias directas de la catástrofe.










