El Gobierno nacional de Colombia, encabezado por el presidente Gustavo Petro y con el ministro del Trabajo Antonio Sanguino a la cabeza, decretó este 29 de diciembre el salario mínimo para 2026 en 1.750.905 pesos mensuales, más un auxilio de transporte de 249.095 pesos, lo que suma un ingreso mínimo total de 2.000.000 pesos a partir del 1 de enero de 2026. Esta medida, adoptada por el Ejecutivo tras la falta de acuerdo en la mesa de concertación entre empresarios y centrales obreras, se basa en el cálculo del salario mínimo vital recomendado por la Organización Internacional del Trabajo para cubrir las necesidades básicas de las familias colombianas, aunque la ley no obliga a los empleadores a ajustar salarios superiores al mínimo legal.
El incremento representa un 23,7 por ciento respecto al año anterior, superando la propuesta de las centrales obreras del 16 por ciento y la de los empresarios del 7,21 por ciento. Descontando la inflación, el aumento real alcanza el 18,7 por ciento, con el objetivo de fortalecer el poder adquisitivo, impulsar el consumo y reducir la pobreza en el país.
Antecedentes de la negociación y cálculo oficial
La ausencia de consenso en la comisión de concertación obligó al Gobierno a intervenir mediante decreto, delimitando las obligaciones legales de ajuste salarial. Mientras las centrales obreras pedían un alza moderada y los empresarios una más conservadora, el Ejecutivo optó por una cifra que prioriza la dignidad laboral y el bienestar familiar, alineada con los artículos 145 y 148 de la Constitución Política, que establecen el salario mínimo como el piso remuneratorio irrenunciable, prohibiendo pagos inferiores o acuerdos por debajo de él.
«Gana más la familia, no solo el trabajador»
Gustavo Petro, presidente de Colombia
Implicaciones legales y grupos no afectados
El decreto es obligatorio únicamente para salarios iguales o inferiores al mínimo legal, excluyendo a quienes devenguen sueldos superiores, salarios integrales regulados por el artículo 132 de la Constitución, contratos con cláusulas específicas de ajuste o prestaciones de servicios bajo el artículo 23. Pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia han aclarado que el salario mínimo no indexa automáticamente los sueldos por encima de este umbral. El incumplimiento conlleva sanciones según la Ley 1610 de 2013, a cargo del Ministerio del Trabajo, garantizando el cumplimiento en todo el territorio colombiano.
«el aumento real, descontando inflación, sería del 18,7%»
Gustavo Petro, presidente de Colombia
«un paso firme por la dignidad laboral y el bienestar de las familias»
Antonio Sanguino, ministro del Trabajo
Esta decisión busca no solo elevar el ingreso de millones de trabajadores, sino también dinamizar la economía al mejorar el consumo de las familias, aunque deja sin impacto directo a sectores con remuneraciones más altas y modalidades contractuales específicas, consolidando así el salario mínimo como herramienta esencial para combatir la desigualdad en Colombia.

















