Gobierno nombra a Daniel Quintero Calle Superintendente Nacional de Salud

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El Gobierno nacional de Colombia oficializó el nombramiento de Daniel Quintero Calle como Superintendente Nacional de Salud a través del Decreto 0433 expedido el 23 de abril de 2026 por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esta designación en propiedad pone fin al encargo interino que ostentaba Jaime Hernán Urrego Rodríguez y responde a la vacancia definitiva generada por la renuncia irrevocable de Bernardo Armando Camacho Rodríguez, cuya salida fue aceptada mediante el Decreto 0404 del 14 de abril de 2026.

La provisión del cargo se realizó en el marco de la Ley de Garantías Electorales, específicamente la Ley 996 de 2005, que permite excepciones para cubrir vacantes definitivas durante su vigencia, sustentadas en interpretaciones del Consejo de Estado, la Corte Constitucional y la doctrina administrativa. De esta manera, se garantiza la continuidad operativa de la Superintendencia Nacional de Salud, entidad clave en la vigilancia y regulación del sector salud en el país.

Funciones y alcance del nuevo superintendente

Daniel Quintero Calle asumirá la dirección superior de la Superintendencia, su representación legal, la conducción estratégica y la administración general de la entidad. El decreto resalta que esta designación se justifica por circunstancias objetivas, ciertas y verificables que acreditan la necesidad de provisión inmediata del empleo, tras la renuncia del anterior titular.

“el empleo de Superintendente Nacional de Salud (…) se encuentra en situación de vacancia definitiva como consecuencia de la renuncia irrevocable presentada por su anterior titular”

Decreto 0433, Ministerio de Salud y Protección Social

“circunstancias objetivas, ciertas y verificables que acrediten la necesidad de la provisión”

Decreto 0433, Ministerio de Salud y Protección Social

Este nombramiento fortalece la estructura administrativa del Ministerio de Salud y asegura el funcionamiento ininterrumpido de la Superintendencia en un contexto electoral sensible, priorizando la estabilidad del sistema de salud colombiano.

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