El Gobierno colombiano promulgó el pasado 4 de junio la Ley 2578 de 2026, que establece un nuevo festivo nacional obligatorio en honor a la Virgen de Chiquinquirá.
La norma, sancionada por el presidente Gustavo Petro, crea el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá como día de descanso remunerado obligatorio tanto para el sector público como para el privado. Según lo dispuesto, el primer festivo se trasladará al lunes 13 de julio de 2026, debido a que la fecha original del 9 de julio cae en jueves y se aplica la Ley 51 de 1983 que regula el corrimiento de los festivos. A partir de 2027, la celebración será cada 9 de julio.
El anuncio ha generado reacciones entre analistas laborales, como Pablo Hernández Hussein, socio y líder de Derecho Laboral y Seguridad Social en Scola Abogados, quien advierte sobre el impacto inmediato en la productividad y los costos de las empresas.
La ley conmemora dos hitos históricos: los 440 años de la renovación de la imagen de la Virgen de Chiquinquirá, ocurrida el 26 de diciembre de 1586, y los 40 años de la visita del papa Juan Pablo II al municipio boyacense, el 3 de julio de 1986. Con esta medida, el Gobierno busca fortalecer la tradición religiosa y reconocer a Chiquinquirá como centro de peregrinación, fe, cultura y turismo a nivel nacional e internacional.
Sin embargo, el nuevo festivo afectará a más de 20 millones de trabajadores formales en Colombia, generando un día adicional de inactividad remunerada que altera la planeación de nóminas y turnos en empresas que operan de forma continua. El impacto se suma al aumento del recargo por trabajo en domingos y festivos al 90% sobre el salario ordinario, vigente desde el 1 de julio de 2026 como parte de la reforma laboral.
Reglas laborales y retos para las empresas
De acuerdo con Hernández Hussein, el nuevo festivo se rige por las mismas previsiones establecidas en la ley laboral para este tipo de días. «Será un día de descanso obligatorio remunerado en el que, si es requerida la prestación del servicio, se deberá pagar el recargo correspondiente y tomar las previsiones de compensación de acuerdo con las reglas de ocasionalidad y habitualidad ya conocidas», explicó el abogado. El experto detalló que las empresas que necesiten operar el 13 de julio deberán pagar un recargo del 90% sobre el salario ordinario y gestionar compensatorios según si el trabajo en días de descanso se vuelve habitual. «El impacto es evidente pues, o se debe reestructurar esa programación para evitar el sobrecosto, o debe asumirse dicho sobrecosto por efecto del trabajo en día de descanso obligatorio, lo que impacta en el reconocimiento de compensatorios, pago de recargos, o eventualmente los dos, si sumado al trabajo en otros días de descanso llega a presentarse la habitualidad», afirmó Hernández.
«Lo complejo es que el margen de maniobra es muy corto, entendiendo que el festivo tendrá lugar en poco más de un mes. Más allá de consejo, que desde luego será una debida planeación financiera y de turnos en el poco tiempo que queda, lo que corresponde es dar una voz de aliento a los empresarios para que continuemos resistiendo este tipo de normas que, sin mayor sustento ni análisis, termina afectando la productividad e incrementando los costos laborales»
Pablo Hernández Hussein, socio y líder de Derecho Laboral y Seguridad Social en Scola Abogados
El Gobierno nacional también quedó facultado para destinar recursos a obras de desarrollo económico y turístico en Chiquinquirá, como parte del reconocimiento al municipio. No obstante, el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la ley expone a los empleadores a fiscalización por parte del Ministerio del Trabajo y a posibles reclamaciones judiciales de los trabajadores. Con menos de dos meses para la primera aplicación del festivo, los empresarios enfrentan el reto de ajustar sus turnos y costos en un plazo que Hernández califica como extremadamente ajustado, mientras la reforma laboral completa sigue generando debates sobre su impacto en la economía nacional.











