El Gobierno de Colombia sancionó este 27 de julio de 2026 la Ley 2609, que prohíbe de manera integral la mutilación genital femenina (MGF) en todo el territorio nacional. La norma, impulsada por el Ministerio del Interior, liderado por Armando Benedetti, y el Departamento de Prosperidad Social, a cargo de Álvaro Rodríguez Amaya, fue aprobada por el Congreso el pasado 17 de junio y establece un enfoque integral, diferencial, de género, intercultural y comunitario para prevenir, atender y erradicar esta práctica considerada una violación de derechos humanos.
La ley define la mutilación genital femenina como “el conjunto de prácticas nocivas que consisten en extirpar de forma parcial o total los órganos genitales femeninos externos, así como otras lesiones causadas a los órganos genitales femeninos sin justificación médica”. La norma subraya que esta práctica “genera daños físicos, sicológicos y espirituales”, perpetúa desigualdades de género y representa un obstáculo para la igualdad y el bienestar de las comunidades en Colombia.
Política pública y plazos clave
La Ley 2609 ordena la creación de una Política Pública Nacional contra la MGF, que deberá ser elaborada e implementada en un plazo máximo de un año. Asimismo, el Ministerio de Salud tendrá el mismo período para expedir un protocolo de atención integral para víctimas, el cual incluirá tanto medicina científica como prácticas tradicionales con un enfoque intercultural. La ley también establece una revisión periódica cada cinco años para evaluar la eficiencia de las medidas, aunque los recursos para su implementación estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal del Estado.
“El conjunto de prácticas nocivas que consisten en extirpar de forma parcial o total los órganos genitales femeninos externos, así como otras lesiones causadas a los órganos genitales femeninos sin justificación médica”
Definición de MGF según la Ley 2609 de 2026
“Generadora de daños físicos, sicológicos y espirituales”
Ley 2609 de 2026
La nueva legislación llega en un contexto donde la ablación femenina ya estaba prohibida en Colombia, pero aún se practicaba en algunas comunidades étnicas e indígenas, particularmente en la comunidad Emberá. La Ley 2609 es la primera en su tipo en el país que establece un marco integral con participación de comunidades indígenas, como la Confederación Nacional de los Pueblos de la Gran Nación Emberá (Connpec), y además sanciona el 6 de febrero como el Día Nacional de Tolerancia Cero con la MGF, en concordancia con la fecha establecida por la ONU.
Las medidas aplican sin distinción de etnia, edad o nacionalidad, y ordenan la participación de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rrom y Minorías (Dairm), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), el Ministerio de Salud, la Defensoría del Pueblo y otras instituciones en el diseño de la política pública. El Ministerio de Educación deberá incorporar contenidos sobre MGF en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y en programas dirigidos a padres y madres de familia. Además, se creará un Comité Nacional para la Erradicación de la MGF, que reportará trimestralmente los avances, y se capacitará a profesionales de salud en los territorios donde se han detectado casos, con el fin de erradicar esta práctica que atenta contra los derechos fundamentales de las mujeres y niñas colombianas.












