El Gobierno nacional, encabezado por el presidente Gustavo Petro, suspendió las órdenes de captura y extradición contra cinco líderes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, conocido como Clan del Golfo, mediante la Resolución N.º. 274 emitida el 24 de diciembre de 2025. Esta medida, impulsada por el consejero comisionado de Paz, José Otty Patiño Hormaza, busca facilitar el traslado de estos mandos a zonas de ubicación temporal en áreas rurales de Tierralta, en Córdoba, así como Unguía y Belén de Bajirá, en Chocó, como paso inicial en el proceso de diálogos de paz y conversación sociojurídica.
La resolución acepta de buena fe el listado proporcionado por un representante del EGC, compuesto por cinco nombres e identificaciones, con el objetivo de iniciar el desplazamiento gradual y progresivo de sus combatientes hacia estas zonas establecidas previamente por la Resolución N.º. 471 de 2025. Estas áreas permanecerán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026, y el traslado estará garantizado por el Ministerio de Defensa, con monitoreo a cargo de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA (Mapp/OEA). La suspensión aplica durante el período de traslado y permanencia en las zonas, manteniendo vigente el Estado social de derecho.
Garantías de seguridad y protección durante el proceso
El Ministerio de Defensa se compromete a adoptar todas las medidas necesarias para brindar seguridad humana y jurídica a los integrantes del EGC en su camino hacia las zonas temporales, al tiempo que protege los derechos de la población civil en las regiones afectadas. La Fiscalía General de la Nación cumplirá con la orden de suspensión, mientras que las instituciones estatales atenderán programas sociales en estas áreas. Además, los beneficiados deberán contribuir al reconocimiento y reparación de los derechos de las víctimas, y contra la resolución procede el recurso de reposición y apelación.
“recibir y aceptar de buena fe, de conformidad con el principio de confianza legítima, el listado que contiene cinco (5) nombres e identificaciones de las siguientes personas, el cual fue entregado por un miembro representante del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia — (a) EGC”
Resolución N.º. 274
“objetivo de facilitar la ubicación gradual y progresiva de combatientes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, en el marco del estado avanzado del proceso de conversación sociojurídico con este grupo y la implementación de los compromisos de tránsito a la paz y a la vida civil de sus integrantes para su sometimiento a la justicia”
Resolución N.º. 471, artículo 1
“El Gobierno nacional adoptará las medidas necesarias y eficaces para brindar la seguridad humana y jurídica necesaria durante el transcurso del desplazamiento de los integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia hacia las zonas de ubicación temporal, así como para garantizar la protección de los derechos de la población civil”
Resolución N.º. 471
Este paso representa un avance en las negociaciones con el Clan del Golfo, en un contexto de esfuerzos por transitar hacia la paz total, donde el Estado reafirma su compromiso con la justicia transicional y la protección de todos los involucrados, mientras las comunidades de Córdoba y Chocó observan con expectativa el desarrollo de estos diálogos.

















