La Iglesia Católica en Colombia, a través del padre Carlos Guillermo Arias Jiménez, director del Departamento de Doctrina de la Conferencia Episcopal, dio a conocer de manera pública los criterios y el proceso de discernimiento que se exigen antes de realizar un exorcismo. La explicación se dio en el marco del tercer curso nacional de formación para exorcistas, que reunió en Bogotá a cerca de 80 sacerdotes de distintas regiones del país, con el objetivo de establecer parámetros claros para atender estos casos con prudencia y evitar que el ministerio se relacione con superstición o prácticas de magia.
El curso, que ya completa su tercera edición, abordó temas como el exorcismo propiamente dicho, la oración de liberación, el discernimiento espiritual, las prácticas pastorales y la protección de la dignidad de las personas. La iniciativa responde a la necesidad de diferenciar posibles influjos malignos de afecciones psicológicas o psiquiátricas, por lo que el proceso de discernimiento incluye la posibilidad de remitir a los fieles a especialistas de la salud mental. La Iglesia busca así proteger tanto la integridad de las personas como la seriedad del ritual, que es considerado una medida extraordinaria dentro de la doctrina católica.
Requisitos y proceso de discernimiento
Según lo explicado por el padre Arias, el ritual de exorcismo no puede ser realizado por cualquier sacerdote. Se requiere una autorización expresa del obispo diocesano, y el ministro designado debe contar con formación teológica sólida, una vida de oración constante, prudencia e integridad moral. Incluso los sacerdotes autorizados pueden pasar años sin llevar a cabo un exorcismo, ya que cada caso debe ser evaluado minuciosamente. El proceso de discernimiento busca descartar causas psicológicas o psiquiátricas, y puede incluir el acompañamiento de profesionales en psicología y psiquiatría. Además, el exorcista puede contar con un equipo de apoyo que contribuya a evaluar cada situación de manera integral.
El ritual contempla elementos específicos, como el uso de agua bendecida, y se sustenta en el numeral 1673 del Catecismo de la Iglesia Católica, que establece las bases doctrinales para esta práctica. En Colombia, el exorcismo está amparado por la libertad de cultos consagrada en el artículo 19 de la Constitución Política, siempre que se desarrolle dentro del marco legal y respete los derechos fundamentales. Las representaciones cinematográficas del fenómeno, advierten los organizadores del curso, pueden influir en la percepción pública, por lo que la Iglesia insiste en la necesidad de un abordaje riguroso y prudente que evite sensacionalismos.










