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Instituciones educativas públicas deben ser neutrales y no promover fe alguna, advierte la Corte Constitucional

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La Corte amparó los derechos de una niña de 9 años, Sara, que puso de relieve la importancia del principio de laicidad en la educación pública. La Sentencia T-357 de 2024, establece que las instituciones educativas oficiales deben garantizar la neutralidad religiosa y ofrecer alternativas a los estudiantes que opten por no recibir educación religiosa

El principio de laicidad se basa en la idea de que El Estado debe ser neutral en materia religiosa y no debe promover ni favorecer ninguna religión en particular

El caso de Sara comenzó cuando su padre, Vicente, solicitó a la profesora de religión que respetara la libertad de cultos de su hija, quien profesa la fe cristiana. Sin embargo, en su clase de religión, Sara fue enseñada con oraciones propias del catolicismo, lo que llevó a Vicente a presentar una petición formal ante la rectoría del colegio. A pesar de que el rector aseguró de manera informal que la situación no afectaría las calificaciones de Sara, al final del periodo escolar, la niña recibió un 0,0 en la materia de religión, lo que impactó negativamente su promedio académico y su bienestar emocional.

La Corte consideró que el colegio vulneró no solo la libertad de cultos de Sara, sino también su derecho a la educación y el principio de laicidad, al no ofrecerle alternativas que le permitieran continuar con sus estudios sin tener que aprender contenidos dogmáticos de la religión católica. En su fallo, la Corte ordenó al colegio modificar su Proyecto Educativo Institucional para garantizar opciones a los estudiantes que decidan no recibir educación religiosa, eliminar los contenidos dogmáticos católicos de la clase de Religión y asegurar una formación neutral sobre el fenómeno religioso.

Este fallo resalta la importancia de la separación entre el Estado y las iglesias, un principio fundamental establecido en la Constitución de 1991, que busca proteger la diversidad de creencias y la libertad de cultos en el país. La Corte también subrayó que la educación religiosa en colegios públicos no puede imponer un credo particular, reafirmando así el compromiso del Estado con la laicidad y la inclusión.

La decisión ha sido recibida con satisfacción por defensores de los derechos humanos y la educación, quienes ven en ella un avance hacia un sistema educativo más inclusivo y respetuoso de la diversidad religiosa en Colombia. La historia de Sara es un recordatorio de la importancia de proteger los derechos fundamentales de todos los estudiantes en el ámbito educativo.

Fuente/Prensa Corte Constitucional

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