La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anuló el auto de la Subsala L 051 que había convocado a versión voluntaria al general retirado Óscar Naranjo en el marco del macrocaso 08, relacionado con crímenes cometidos por la fuerza pública en la región de Montes de María. La decisión se tomó el 10 de junio de 2025, tres meses después de que el auto inicial fuera aprobado en marzo de ese año bajo la ponencia inicial de la magistrada María del Pilar Valencia y respaldado por cuatro magistrados. La anulación fue aprobada por cinco magistrados, incluyendo a Catalina Díaz y Oscar Parra, tras detectar irregularidades en el procedimiento, la motivación jurídica y el quórum, principalmente porque Naranjo no ejercía funciones de mando ni control del orden público en la zona donde ocurrieron los hechos.
El macrocaso 08 investiga masacres perpetradas por fuerzas paramilitares en Montes de María, con base en testimonios clave como los de Salvatore Mancuso y el general Mauricio Santoyo. Naranjo, quien fue jefe de inteligencia de la Policía, director general de esa institución, vicepresidente de Colombia y negociador del Acuerdo de Paz, fue cuestionado inicialmente por posibles omisiones o concertaciones de la fuerza pública ante incursiones paramilitares. La decisión de anulación se sustentó en diecisiete informes de inteligencia contenidos en carpetas reservadas, que evidenciaron la falta de pertinencia en su citación, ya que no tenía superioridad ni mando sobre los miembros implicados. Tres magistrados se opusieron a la anulación, entre ellos Belkis Izquierdo y la propia María del Pilar Valencia.
Argumentos clave de la magistrada Díaz
La magistrada Catalina Díaz justificó la medida al afirmar que Naranjo no tenía relación funcional con el control del orden público en el territorio ni condición de superior sobre los efectivos que supuestamente omitieron actuar. Este fallo se produce en el contexto de una investigación abierta en el Tribunal para la Paz, donde la apelación de las víctimas fue admitida por la Sala de Reconocimiento tras intervención de la Procuraduría, con ponencia final de la magistrada Sandra Rocío Gamboa.
«Una persona que no ejercía funciones relacionadas con el control del orden público en el territorio en cuestión, donde habían ocurrido los crímenes, ni tenía condición de superior ni mando sobre los miembros de la fuerza pública que se concertaron o que omitieron actuar ante las incursiones paramilitares.»
Catalina Díaz, magistrada de la JEP
Respuesta de Naranjo y apelación de víctimas
El general retirado Óscar Naranjo, quien no ha sido notificado formalmente de la anulación, expresó públicamente su disposición a colaborar con la justicia. Aunque el auto del 10 de junio establece que no proceden más recursos, las víctimas han apelado alegando que esta decisión obstaculiza su derecho a la verdad. La Sección de Apelación, integrada por magistrados como Danilo Rojas, Eduardo Cifuentes, Patricia Linares y Rodolfo Arango, será la encargada de resolver esta controversia, en un proceso que subraya las tensiones dentro del sistema de justicia transicional nacido del Acuerdo de Paz.
«Si es que existe, cualquier diferencia entre los magistrados sobre mi nombre es innecesaria. No solamente fui negociador del acuerdo que le dio vida al sistema de justicia transicional, sino que soy un hombre de Estado. En esa medida, jamás faltaría a mi deber moral y legal de acudir ante cualquier autoridad que me requiera. Siempre estaré listo para contribuir a la justicia.»
Óscar Naranjo, general retirado
Este episodio refleja los desafíos del funcionamiento interno de la JEP, donde decisiones iniciales pueden revertirse por mayorías calificadas, priorizando la pertinencia jurídica en casos sensibles como los de Montes de María, zona marcada por décadas de violencia paramilitar y fallas institucionales.















