El Juzgado 26 Administrativo Oral del Circuito de Medellín impuso una sanción económica por desacato a Jorge Iván Ospina, interventor de la Nueva EPS y exalcalde de Cali, junto a Ricardo Adolfo Echeverría Charicha, gerente regional de Salud de Antioquia, y Carlos Andrés Vasco Álvarez, gerente de la Regional Noroccidente. La sanción, equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente para cada uno de los tres funcionarios, se originó por el incumplimiento de una orden judicial que obligaba a la entidad a entregar medicamentos a un paciente afiliado.
El caso se remonta a la tutela interpuesta por Eduardo Torres Pérez, quien requería un tratamiento de doce meses para una enfermedad ocular. A pesar de que el juzgado ordenó la entrega de los medicamentos Dorzolamina, Timolol, Brimonidina y Latanoprost en un plazo de tres días, la Nueva EPS no cumplió con la disposición, lo que llevó a la apertura de un proceso de desacato contra los directivos.
Actitud evasiva y negligente
Durante el proceso, los funcionarios no presentaron argumentos ni justificaciones satisfactorias para explicar la omisión. El fallo concluyó que hubo una actitud «evasiva y negligente» por parte de los responsables, quienes sin razón alguna omitieron dar cumplimiento a la orden judicial. La decisión del tribunal administrativo subraya la responsabilidad de los directivos en la prestación efectiva del servicio de salud y la obligación de acatar los fallos que protegen los derechos fundamentales de los pacientes.
«Actitud evasiva y negligente por parte de los responsables, quienes no cumplieron sin razón con la entrega.»
Falló del Juzgado 26 Administrativo Oral del Circuito de Medellín
La sanción impuesta por el Juzgado 26 Administrativo Oral del Circuito de Medellín se convierte en un precedente sobre la gravedad del incumplimiento de las órdenes judiciales en materia de salud. El caso de Eduardo Torres Pérez evidencia las barreras que enfrentan los usuarios del sistema para acceder a sus medicamentos, y la respuesta de la justicia frente a quienes dilatan injustificadamente la entrega de tratamientos vitales. La Nueva EPS, intervenida desde 2024, deberá ahora responder por las consecuencias administrativas derivadas de esta decisión judicial.












