En una decisión que ha generado controversia, un juez de segunda instancia confirmó que Michael Estiven Rodríguez Ayala, padre del bebé Liam Gael Rodríguez, no irá a prisión preventiva mientras es investigado por el presunto abuso sexual del menor, quien falleció el 29 de septiembre de 2025. El Juzgado 54 Penal del Circuito de Bogotá determinó que la Fiscalía General de la Nación no presentó una explicación suficientemente clara sobre la evidencia genética que individualizaba al procesado como responsable, lo que llevó a ratificar la negativa de imponer una medida de aseguramiento privativa de la libertad, inicialmente dictada por el Juzgado 49 Penal Municipal con función de Control de Garantías de Bogotá los días 28 y 29 de enero de 2026.
La tragedia ocurrió cuando Liam Gael, de tan solo 11 meses, fue dejado en el centro de estimulación Arkids, ubicado en La Calera. El menor ingresó en estado crítico a un hospital, donde posteriormente falleció. Un dictamen preliminar de Medicina Legal mencionó la posibilidad de abuso sexual, lo que amplió la investigación hacia el padre. Sin embargo, la madre del menor, Mildret Narváez, ha responsabilizado al centro Arkids y ha afirmado que el incidente no ocurrió en el entorno familiar. En sus declaraciones, Narváez expresó: “No me han mostrado ningún elemento probatorio que diga que el papá es responsable de esto”, reflejando su postura frente a las acusaciones.
Decisión judicial y argumentos
La providencia del Juzgado 54 Penal del Circuito estableció que la Fiscalía no acreditó adecuadamente la necesidad de la detención preventiva según los numerales 1, 2 y 3 del artículo 308 del Código de Procedimiento Penal. El fallo señaló que “la Fiscalía General de la Nación no presentó una explicación suficientemente definida acerca de la naturaleza de la muestra biológica, el alcance de la comparación genética y la forma en que sus resultados individualizaban al procesado”. Además, se consideró que la cercanía temporal, el contacto del padre con el menor y el hecho de haberlo bañado no bastaban por sí solos para sustentar una detención preventiva, aunque sí para continuar con la investigación. La parte resolutiva del Juzgado 54 Penal fue contundente: “Confirmar íntegramente la decisión proferida por el Juzgado Cuarenta y nueve (49) Penal Municipal con función de Control de Garantías de esta ciudad los días veintiocho (28) y veintinueve (29) de enero de 2026 en virtud de la cual decretó la legalidad de la captura y la negativa de imponer medida de aseguramiento a Michael Stiven Rodríguez Ayala”. Contra esta determinación no procede recurso alguno.
“No me han mostrado ningún elemento probatorio que diga que el papá es responsable de esto”
Mildret Narváez, madre del menor fallecido
El centro Arkids, por su parte, suspendió actividades y enfrenta cuestionamientos por una supuesta falta de permisos para operar. El abogado del centro, Andrés Muñoz, afirmó que las docentes colaborarán con las autoridades y negó cualquier intención de causar daño. También denunció amenazas contra el personal docente tras el incidente, lo que ha añadido tensión al caso. La decisión judicial no cierra la investigación: el proceso sigue su curso y la audiencia de acusación está programada para el 19 de agosto, año sin especificar. La privación de la libertad solo podría volver a discutirse si aparecen nuevos elementos de conocimiento o circunstancias distintas, manteniendo abierta la posibilidad de que el padre enfrente futuras medidas restrictivas si surgen pruebas más contundentes.












