En una decisión que marca un hito en la relación entre el Estado y las confesiones religiosas en Colombia, un juez de Bogotá ordenó al presidente Abelardo de la Espriella ofrecer disculpas públicas por haber vulnerado el principio de neutralidad religiosa durante su ceremonia de posesión presidencial, realizada el pasado viernes 7 de agosto de 2026 en la ciudad de Cali. El fallo, dado a conocer el miércoles 26 de agosto de 2026, amparó los derechos a la libertad de conciencia y de culto de un ciudadano, Omar Alberto Franco Becerra, quien interpuso una acción de tutela al considerar que el acto oficial había transgredido el carácter laico del Estado colombiano.
La ceremonia de posesión, que se celebró en el Coliseo El Pueblo de Cali, incluyó un espacio denominado de “invocación y alabanza” con la participación de líderes de al menos tres sectores religiosos y la presencia de una imagen de la Virgen de Fátima. Para el despacho judicial, este escenario institucional resultó incompatible con el deber de neutralidad que deben observar las autoridades. «El punto central no está en las creencias personales de quienes gobiernan, sino en la forma como se desarrollan los escenarios institucionales», señaló el juez del caso al explicar su decisión, añadiendo que «cuando actúan como autoridades deben evitar que sus funciones institucionales aparezcan asociadas a una religión específica o a un credo particular».
Disculpas en cadena nacional y directiva presidencial
El fallo judicial establece un plazo perentorio para que el presidente De la Espriella cumpla con la medida. Deberá ofrecer sus disculpas públicas en una alocución transmitida por radio y televisión el próximo martes 30 de septiembre de 2026 a las 7:00 de la noche. En su mensaje, el mandatario deberá mencionar explícitamente que se abstendrá de inclinarse hacia la Iglesia Católica o cualquier otro credo en el ejercicio de sus funciones. Además, la orden judicial le exige expedir antes de que finalice el mes de septiembre de 2026 una directiva presidencial, de carácter general para todos los servidores públicos, que refuerce el principio de neutralidad religiosa en las actuaciones del Estado.
La decisión judicial encontró eco inmediato en el ámbito político. La senadora Jennifer Pedraza, quien había advertido sobre la inconstitucionalidad del acto, celebró el fallo a través de su cuenta en X. «Como advertimos: el acto de posesión del Presidente @ABDELAESPRIELLA violó el principio de neutralidad en materia religiosa y amenaza el carácter laico del Estado», escribió la congresista. En un mensaje posterior, Pedraza enfatizó la trascendencia de la separación entre el poder público y las confesiones: “A Colombia le costó décadas separar, de manera sabia, el Estado de la(s) religión(es). No podemos retroceder. Hay que defender el Estado Social de Derecho”.
«Esa unidad no puede construirse instrumentalizando el sufrimiento de la ciudadanía ni desdibujando el carácter laico y pluralista del Estado colombiano»
Despacho judicial
Responsabilidad compartida con el Congreso
La orden judicial no se limita al presidente de la República. El fallo también obliga al presidente del Congreso, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, a ofrecer disculpas públicas en sesión plenaria durante la última semana de septiembre de 2026. El juzgado consideró que ambos altos funcionarios, como organizadores del acto de posesión, eran responsables de garantizar la neutralidad de la ceremonia. Cabe aclarar que la decisión desvinculó de toda responsabilidad a los líderes religiosos que participaron en la invocación, entre ellos el rabino David Michaan, el pastor Eduardo Cañas Estrada y el presidente de la Conferencia Episcopal, Francisco Javier Múnera Correa, al considerar que ellos actuaron en el marco de su libertad de culto, mientras que la obligación de no asociar el poder público con una religión recaía exclusivamente en las autoridades.










