Una ación de tutela presentada por el apoderado de una marca comercial con interés directo en participar de subasta inversa para escoger el proveedor de las luminarias , fue admitida por las autoridades judiciales que además ordenaron la suspensión provisional de la convocatoria
El condicionar la convocatoria a que las luminarias para el Estadio Palogrande fueran de la marca Philips, fue la razón que llevó a Industrias MEIER Colombia S.A.S., a presentar una acción de tutela por la presunta violación a los derechos fundamentales a la igualdad y el debido proceso.
Luego de conocerse la decisión del Juzgado Quinto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Manizales, que mediante auto de los últimos días admitió la demanda de tutela y ordenó la suspensión provisional del cronograma para adjudicar en subasta inversa la licitación para modernizar el sistema de iluminación del Estadio Palogrande, habrá que esperar 10 días para saber qué rumbo tomará este proceso.
La acción de tutela se interpuso por vulneración a los derechos fundamentales a la igualdad y el debido proceso, ante lo cual la Administración Municipal recalcó que es respetuosa de esta medida, pero precisó que el proyecto fue diseñado de manera rigurosa.
Fue el abogado Didier Millán López, en representación de Industrias MEIER Colombia S.A.S., quien presentó este recurso y argumentó que la Alcaldía en el pliego de condiciones exigió una marca específica de luminarias, en este caso Philips, lo cual es un requisito que favorece a un solo fabricante y afecta la dinámica del mercado.
Ante ello, el juez constitucional decidió suspender por completo el proceso y será en noviembre cuando dedida de fondo sobre este caso, cuya subasta tenía fecha de cierre este 31 de octubre a las 7:00 de la mañana.
“Hay múltiples pronunciamientos de la justicia de Colombia prohibiendo a las entidades públicas solicitar una marca específica, porque esto viola las condiciones del mercado y pone en una posición dominante a la marca señalada”, dijo el abogado Millán López.
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Argumentos del accionante
La acción de tutela se interpuso en contra de Alcaldía de Manizales con fundamento en el Artículo 86 de la Constitución Política de la Republica de Colombia, y previo al trámite consagrado en el Decreto 2591 de 1991, por vulneración a los derechos fundamentales a la IGUALDAD y DEBIDO PROCESO.
“… En la actualidad la Alcaldía viene adelantando proceso de selección de contratista bajo la modalidad de selección de subasta inversa identificado, que tiene por objeto el suministro de elementos eléctricos de comunicaciones para la modernización de la iluminación del estadio Palogrande y algunos escenarios deportivos de la ciudad y un presupuesto oficial de TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS.
… Como consecuencia de lo anterior, dentro de la ficha técnica de los bienes a suministrar la ALCALDIA MUNICIPAL DE MANIZALES -SECRETARÍA DEL DEPORTE-, está solicitando la entrega de los mismo en marcas específicas como lo son: “PROYECTOR PHILLIPS.
… La entidad al momento que realiza la solicitud de la marca PHILLISPS como la única que puede ser ofertada en el proceso de selección de contratista está colocando a este fabricante en posición dominante, desconociendo así las dinámicas propias del mercado con luminarias que cumplan las mismas condiciones técnicas, lo que denota un ánimo de favorecimiento por parte de la administración a una determinada empresa fabricante.
… El uso de marcas en los procesos de selección de contratista en Colombia se encuentra prohibidas, y así lo ha expresado la AGENCIA DE CONTRATACIÓN PUBLICA – COLOMBIA COMPRA EFICIENTE-“
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Qué dice la Alcaldía
La Alcaldía de Manizales, mediante comunicado de prensa, señaló que acata la decisión judicial, pero argumentó que en el proceso se respetaron las normas actuales en contratación pública.
Asimismo, mediante la Secretaría del Deporte dejó claro a que el proceso de licitación tendrá por lo menos tres alternativas y no está cerrada solo a un oferente.
“El proceso, que es una subasta inversa por un monto de 3.200 millones de pesos, actualmente se encuentra en la fase de pliegos definitivos y con fecha de cierre el 31 de octubre. Acatamos la suspensión temporal de esta convocatoria, para atender la orden judicial de manera oportuna y responsable”.
Agregó la Alcaldía que se “contrataron los estudios y diseños necesarios con un consultor especializado, quien determinó los parámetros requeridos para cumplir con las exigencias de certificación FIFA para el escenario deportivo”.
Finalmente, explicó que “ratificamos nuestro compromiso con el desarrollo de la ciudad dentro del marco de los principios generales de la contratación pública, como son la transparencia y el principio de pluralidad y oferentes”.