Juez ratifica exclusión de interrogatorios de Nicolás Petro como prueba en juicio

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En una jornada decisiva para el proceso judicial que se sigue en su contra, el juez Hugo Carbonó negó el recurso de reposición presentado por la Fiscalía, ratificando la exclusión de los interrogatorios de Nicolás Petro Burgos como material probatorio en el juicio por lavado de activos y enriquecimiento ilícito. La decisión, conocida este lunes 1 de junio en la audiencia del caso, representa un revés significativo para el ente acusador, que pretendía utilizar estas declaraciones del hijo del presidente Gustavo Petro como prueba de cargo. El juez concluyó que dichos interrogatorios no fueron actos libres y espontáneos, sino que se enmarcaron en negociaciones orientadas a la eventual aplicación de un principio de oportunidad, lo que vulnera garantías fundamentales como el derecho al silencio y la protección contra la autoincriminación.

La defensa de Nicolás Petro, liderada por el abogado Alejandro Carranza, también sufrió reveses en sus solicitudes durante la misma audiencia. El juez Carbonó negó tanto la petición de apartar a la fiscal Lucy Laborde del caso como la suspensión de la audiencia, argumento que la defensa sustentó en la presunta exhibición irregular del rostro del hijo menor del procesado. La decisión del juez acoge la posición del Ministerio Público, representado por el procurador delegado Henry Bustos, y de la propia defensa técnica, que insistían en que admitir los interrogatorios atentaba contra las garantías procesales de Nicolás Petro.

Un proceso marcado por las demoras

El juez Carbonó advirtió sobre la acumulación de demoras que ha afectado el ritmo del expediente, señalando que «han transcurrido varios meses donde ni siquiera el juzgado ha podido pronunciarse para resolver unos recursos». En su intervención, el togado fue enfático al subrayar la independencia judicial y el cumplimiento de la ley, afirmando que «el juzgado en este caso es totalmente obediente y acata la ley; no se va a apartar de ella». Además, precisó que la Fiscalía ya no tendrá injerencia en esta fase del proceso, al indicar que «la Fiscalía ya no va a intervenir en esta fase y el Ministerio Público fue explícito al señalar que el ente acusador ya no formulará peticiones de fondo: no va a hacer solicitudes probatorias, no se va a oponer a exclusiones y no realizará alegatos de conclusión».

«La actuación permite concluir que los interrogatorios cuya exclusión se dispuso no pueden ser entendidos como simples manifestaciones libres y desprovistas de contexto, como lo sugiere la Fiscalía al dar a entender que no se materializó ese principio de oportunidad. Por el contrario, se enmarcan dentro de acercamientos y conversaciones orientadas a la eventual aplicación de un principio de oportunidad».

Hugo Carbonó, juez del caso

Nicolás Petro Burgos enfrenta graves acusaciones que datan de 2023, cuando se inició la investigación por presunto lavado de activos y enriquecimiento ilícito. Se le imputa el desvío de 111 millones de pesos provenientes de dos contratos destinados a adultos mayores en el Atlántico, divididos en 72 millones del primer contrato y 39 millones del segundo. Adicionalmente, la Fiscalía sostiene que se enriqueció ilícitamente con 1.053 millones de pesos, presuntamente recibidos de los empresarios Gabriel Hilsaca y Samuel Santander Lopesierra para la campaña presidencial de su padre en 2022. Con la decisión del juez Carbonó, la Fiscalía no podrá presentar los interrogatorios de Nicolás Petro como prueba en el juicio oral, mientras que la defensa del procesado, que lo ha declarado inocente, celebró la resolución como un triunfo frente a lo que consideran una vulneración de derechos fundamentales.

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