Juzgado de Bogotá negó tutela que buscaba silenciar a Iván Cepeda

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En una decisión que reafirma los límites de la acción de tutela frente a la libertad de expresión, el Juzgado 64 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá negó en primera instancia una solicitud que pretendía obligar al senador Iván Cepeda Castro a retractarse de sus declaraciones sobre desobediencia civil pacífica y le prohibiera realizar futuros pronunciamientos similares. La acción fue interpuesta por dos ciudadanos no identificados, quienes consideraban que el llamado del congresista, realizado en un evento público el pasado 4 de julio en Cali, Valle del Cauca, constituía una amenaza al orden público al referirse al presidente electo Abelardo de la Espriella.

El juzgado determinó que el mensaje del senador Cepeda, en el que convocaba a la ciudadanía a discutir acciones de movilización pacífica, se enmarca dentro de una manifestación pública de contenido político. Según el fallo, no existen elementos ciertos que permitan considerar que dicho llamado represente una amenaza real e inminente al orden público, por lo que ordenar la retractación o prohibir futuras declaraciones sería una restricción “desproporcionada” del derecho fundamental a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política.

Declaraciones y contexto del pronunciamiento

Durante su intervención en Cali, el senador Cepeda lanzó un contundente mensaje dirigido al entonces presidente electo. “Convocamos desde ya al pueblo a discutir cuáles son las acciones que vamos a tomar para movilizarnos pacíficamente y oponernos (…). No nos dan miedo los que se creen fieras que muerden duro. A ese que anda por ahí, amenazando con ser voraz, estoy seguro que nuestro pueblo lo sabrá amansar como merece (…). No le tememos, lo vamos a confrontar y lo vamos a derrotar. Vamos a ver quién se cansa primero, si el pueblo de hacer desobediencia o él de amenazarnos”, afirmó el parlamentario. En ese contexto, Cepeda había señalado que De la Espriella representa cuatro “graves amenazas” y que, de materializarse, él se declararía en desobediencia civil pacífica, lo que implicaría no acatar órdenes del mandatario entrante.

Tras conocerse el fallo, el senador emitió un comunicado en el que defendió la legitimidad de su postura. “La desobediencia civil constituye un derecho y un componente estructural del estado constitucional, que parte de su reconocimiento, y se ejerce desde él y en su defensa. Por eso, la Corte Constitucional ha reconocido la garantía a la resistencia cuando, como en este caso, se cuestionan actuaciones concretas, y se ejerce de manera pacífica y pública, en defensa del orden jurídico”, explicó Cepeda. Asimismo, fue enfático en desmentir cualquier intención violenta: “Ni el presidente Gustavo Petro, ni yo, ni el Pacto Histórico, ni nuestras congresistas y nuestros congresistas, ni la Alianza por la Vida, ni los movimientos sociales, hemos dicho que vamos a agredir con violencia al señor De la Espriella o a sus seguidores”.

Impacto del fallo y postura del senador

“Convocamos desde ya al pueblo a discutir cuáles son las acciones que vamos a tomar para movilizarnos pacíficamente y oponernos (…). No nos dan miedo los que se creen fieras que muerden duro.”

Iván Cepeda Castro, Senador

El juzgado advirtió en su decisión que la tutela no procedía por carecer de una amenaza concreta y verificable, validando así la constitucionalidad del llamado a la desobediencia civil pacífica como ejercicio legítimo de la libertad de expresión y del derecho a la resistencia. Cepeda, por su parte, insistió en que la desobediencia civil pacífica puede no ponerse en marcha si el Gobierno entrante se abstiene de tomar decisiones que afecten a la población, y reiteró su disposición al diálogo con Abelardo de la Espriella. Aunque el fallo es de primera instancia, no se ha especificado si los accionantes presentarán apelación. La resolución deja en firme, al menos por ahora, la posibilidad de que el senador continúe con sus pronunciamientos políticos dentro del marco constitucional.

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