El Juzgado Veintisiete Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín impuso una sanción por desacato a la tutela que beneficiaba a la paciente cardíaca Blanca Aurora Uribe de Restrepo, ordenando el arresto de dos días y una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) tanto al interventor de Nueva EPS como al gerente regional noroccidente de la entidad. La sentencia fue comunicada el 18 de febrero de 2026, derivada de un incidente de desacato promovido por la agente oficiosa Mónica Isabel Restrepo, quien evidenció el incumplimiento de notificaciones y requerimientos judiciales por parte de los funcionarios.
La tutela, interpuesta el 23 de enero, ordenaba a Nueva EPS brindar atención integral a Blanca Aurora Uribe de Restrepo, quien presentaba un deterioro constante y se encontraba hospitalizada en cuidados intensivos. Específicamente, se exigía el explante de un marcapasos y la remisión inmediata a una institución especializada en electrofisiología, medidas que no se cumplieron, lo que llevó al juez a declarar próspero el incidente de desacato en Medellín.
Medidas de ejecución y alcances de la sanción
La decisión judicial incluye la notificación a la Policía Metropolitana de Medellín para proceder con la detención de los sancionados, garantizando el respeto a sus derechos fundamentales durante el proceso. Además, la multa deberá pagarse en un plazo de 15 días una vez que la resolución quede en firme, bajo apercibimiento de ser exigible por vía judicial a través de la Oficina de Cobro Coactivo. La resolución también fue remitida a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Medellín para los trámites correspondientes.
Este caso resalta la importancia de cumplir con las órdenes judiciales en materia de salud, especialmente cuando involucran derechos fundamentales de pacientes en condiciones críticas, y sirve como precedente para asegurar la efectividad de las tutelas en el sistema de salud colombiano.















