En una decisión que marca un precedente en la protección de la infancia en medio del conflicto armado, dos juzgados del país ordenaron la suspensión temporal de operaciones aéreas ofensivas cuando exista información cierta sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados. Las providencias, emitidas por el Juzgado 34 de Familia de Bogotá y el Juzgado Tercero Penal del Circuito de San José del Guaviare, a cargo del juez Jhoan Aguilera Martínez, responden a acciones de tutela que buscan blindar a los menores víctimas de reclutamiento forzado, estableciendo que la fuerza pública debe abstenerse de ejecutar bombardeos hasta adoptar medidas de precaución y protección verificables.
La directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), Carolina Restrepo Cañavera, se pronunció en redes sociales sobre el dilema que plantean estas decisiones, advirtiendo que no se debe caer en la trampa de elegir entre la protección de la niñez y el combate a los criminales. Restrepo subrayó que la presencia de un menor en un campamento ilegal no es producto del azar, sino de una cadena de delitos que incluye reclutamiento, amenazas y engaños. “Un menor no aparece por casualidad en un campamento de una organización criminal. Antes hubo un reclutador, hubo una amenaza, un engaño, una presión, una familia rota, una escuela abandonada, una comunidad intimidada. Hubo, en suma, un criminal que decidió apropiarse de una vida que no le pertenecía. Ese es el origen de todo”, escribió la funcionaria.
Medidas de precaución sin inmunidad para criminales
El Juzgado 34 de Familia de Bogotá ordenó de manera explícita que, mientras se profiere una decisión de fondo, las autoridades se abstengan de ejecutar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable acerca de la presencia de menores reclutados. La medida, que aplica hasta que se adopten y verifiquen las medidas de protección necesarias, también fue replicada por el juzgado de San José del Guaviare, que extendió la suspensión temporal de bombardeos en todo el departamento cuando haya alertas preventivas o datos de inteligencia sobre posibles menores en la zona.
«Presentarlos como si hubiera que escoger entre uno y otro es exactamente la trampa en la que no podemos caer»
Carolina Restrepo Cañavera, directora del Icbf
Restrepo insistió en que el Estado tiene la capacidad y la obligación de proteger a la niñez y combatir a los criminales al mismo tiempo. “Si permitimos que el crimen de reclutarla termine protegiendo al criminal, habremos cerrado el círculo más perverso de todos. La niñez debe ser protegida del criminal, nunca convertida en la protección del criminal”, afirmó la directora del Icbf. Con estas decisiones judiciales, se busca extremar las precauciones de la fuerza pública sin otorgar una “patente de inmunidad” a los delincuentes, dejando claro que la presencia de menores no puede convertirse en un escudo para las organizaciones armadas.










