Sin embargo, el Alto Tribunal deja vigentes sus efectos hasta el 2 de julio de 2024.
Bogotá. 10/02/23.
La Sala Plena de la Corte Constitucional finalizó la revisión del Decreto 1085 de 2023, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira y lo declaró INEXEQUIBLE.
La inexequibilidad arropa a todo el texto del decreto del 2 de julio de 2023, pero el Alto Tribunal difirió los efectos de su decisión por el término de un año, contado a partir de la fecha de expedición, lo que indica que estará vigente hasta el 2 de julio de 2024.
El Ministro del Interior Luis Fernando Velasco afirmó que el Gobierno Nacional acata y respetada la decisión. “Sin cambiar la línea jurisprudencial, la Corte de todas maneras ha reconocido la argumentación del Gobierno Nacional cuando decimos que el fenómeno de la Niña, unido al del Niño, puede tener graves efectos en la alimentación y supervivencia de los niños de La Guajira”, afirmó el ministro Velasco.
En su decisión, la Corte Constitucional instó al Gobierno y al Congreso para que adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en La Guajira, y se “se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país”.
La Sala Plena de la Corte Constitucional adoptó la siguiente decisión:
“Primero. Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Legislativo 1085 de 2 de julio de 2023, por medio del cual “se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira.
Segundo. Conceder EFECTOS DIFERIDOS a esta decisión por el término de un (1) año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua.
Tercero. Exhortar al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017 y, con ello, se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país. Así mismo, para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias demanden”.
La Sentencia C-383 2023, con ponencia conjunta de la magistrada Diana Fajardo y el magistrado José Fernando Reyes, tuvo salvamento de voto de las magistradas Natalia Ángel y Cristina Pardo, así como del magistrado Juan Carlos Cortés. Por su parte, los juristas Jorge Enrique Ibáñez y Paola Meneses aclararon su voto mientras que el magistrado Alejandro Linares reservó su aclaración de voto.
Información Corte Constitucional