El operador de televisión regional fue amonestado por infringir la normativa sobre la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas en horarios aptos para menores.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) impuso una sanción a Telecafé por la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas durante la franja familiar, en lo que se considera una vulneración de los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes. La sanción responde a un incumplimiento de la Ley 1098 de 2006, conocida como el Código de Infancia y Adolescencia, que regula la difusión de contenidos dirigidos a menores de edad.
El caso fue resultado de una investigación administrativa que comenzó tras una serie de denuncias sobre la emisión de publicidad de alcohol en horarios aptos para menores de edad. La normativa establece que la publicidad indirecta de bebidas alcohólicas no puede ser transmitida en horarios familiares, los cuales incluyen franja horaria durante la cual los niños y adolescentes están presentes frente al televisor. Esta restricción fue presuntamente vulnerada por Telecafé en varias emisiones.
El procedimiento sancionatorio se desarrolló con el debido respeto al proceso y fue llevado a cabo por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la CRC. Tras un análisis técnico y jurídico del material probatorio presentado, los comisionados confirmaron que la publicidad emitida en los horarios en cuestión infringió lo dispuesto en la ley y la resolución correspondiente (Resolución CRC 5050 de 2016).
En consecuencia, la CRC determinó que Telecafé violó el numeral 7 del artículo 47 de la Ley 1098 de 2006, que prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en franjas horarias familiares. A pesar de la infracción, la CRC consideró como atenuante las acciones preventivas del operador, como la creación de comités técnicos y la realización de capacitaciones internas para fortalecer el cumplimiento normativo.
Como sanción, la Comisión impuso una amonestación a Telecafé, subrayando que la gestión responsable de la programación es fundamental para proteger a la audiencia infantil de contenidos perjudiciales y evitar la normalización de conductas inapropiadas, como el consumo de alcohol entre menores.
“La CRC reitera la importancia de que todos los operadores de televisión asuman un control proactivo sobre su programación, garantizando que los menores no sean expuestos a contenidos inapropiados y que se respete su derecho a un entorno protegido y saludable”, expresaron los comisionados.
La sanción a Telecafé refleja el compromiso de la CRC con la protección de los derechos de los menores y la promoción de una televisión responsable en el país.