La Alcaldía de Medellín, a través de su Secretaría de Movilidad, ha establecido que este 26 de diciembre las restricciones del Pico y Placa no aplican para motocicletas, vehículos particulares ni transporte de carga, mientras que solo los taxis con terminación en el dígito 9 quedan restringidos, en un horario que va de las 6:00 a las 20:00 horas para estos últimos. Esta medida forma parte de la rotación diaria del programa, diseñada para reducir la circulación de automóviles, mejorar el tránsito, disminuir accidentes y bajar los niveles de contaminación en la ciudad, contribuyendo así a una mejor calidad del aire. Además, la administración municipal anunció el calendario oficial para el segundo semestre de 2025, que regirá de lunes a viernes en horarios específicos según el tipo de vehículo.
El sistema de restricción se basa en el último dígito de la placa para vehículos particulares, taxis y de carga, y en el primer dígito para motocicletas, aplicándose de 5:00 a 20:00 horas para particulares y motos, y de 6:00 a 20:00 para taxis. Para el 26 de diciembre, la excepción general beneficia a la mayoría de los conductores, salvo los taxistas mencionados, en un esfuerzo por facilitar la movilidad durante las festividades en Medellín.
Calendario detallado para el segundo semestre de 2025
En el nuevo calendario para particulares durante el segundo semestre de 2025, los lunes quedarán restringidos los dígitos 6, 7, 8 y 9; los martes, 5 y 7; los miércoles, 1 y 8; los jueves, 0 y 2; y los viernes, 3 y 4. Esta rotación diaria busca optimizar el flujo vehicular en la capital antioqueña, donde el programa se ajusta constantemente para adaptarse a las necesidades de la ciudad.
Entre las exoneraciones automáticas, gestionadas por la Secretaría de Movilidad en conexión con el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), se encuentran vehículos de emergencia, médicos, a gas natural, de transporte terrestre de alimentos, servicio público, medios de comunicación, seguridad, personas con discapacidad, valores culturales, diplomáticos y aquellos con autorizaciones previas, las cuales no requieren una nueva solicitud para mantener su vigencia.
Quienes violen estas normas enfrentarán una multa equivalente a 15 días de salario mínimo, que asciende a 711.750 pesos —considerando un valor diario de 47.450 pesos—, según el artículo 131 inciso C del Código Nacional de Tránsito. La información, respaldada por fuentes como Infobae y Colprensa, subraya el compromiso de la Alcaldía por una movilidad sostenible en Medellín, invitando a los ciudadanos a consultar el calendario oficial para planificar sus desplazamientos.

















