Medellín: Pico y Placa martes 6 de octubre restringe placas 1 y 4

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La Secretaría de Movilidad de Medellín informó que para el martes 6 de octubre de 2026 se aplicará la restricción vehicular conocida como Pico y Placa, medida que busca reducir el parque automotor, mejorar la movilidad y disminuir los niveles de contaminación y accidentalidad en la ciudad. La restricción regirá entre las 5:00 de la mañana y las 8:00 de la noche para vehículos particulares y motocicletas, mientras que para los taxis el horario será de 6:00 a 20:00 horas.

De acuerdo con la información oficial, los automóviles cuyo último dígito de placa sea 1 o 4 no podrán circular durante la jornada del martes. En el caso de las motocicletas, la restricción aplica para aquellas cuyo primer dígito de placa sea 1 o 4. Sin embargo, el mismo boletín de la Secretaría de Movilidad presenta una inconsistencia, ya que la rotación semanal establecida para el primer semestre de 2026 señala que los martes corresponden a los dígitos 0 y 3 para particulares y primer dígito para motos. Esta contradicción genera confusión entre los conductores, por lo que se recomienda verificar la disposición oficial vigente para esa fecha a través de los canales oficiales de la entidad.

Exenciones y sanciones

Están exentos de la restricción los vehículos de emergencia, atención médica, aquellos que funcionan con gas natural, transporte de servicio terrestre, alimentos, servicios públicos, medios de comunicación, seguridad, personas con discapacidad, valores, diplomáticos y los autorizados expresamente por la Secretaría de Movilidad. La entidad aclaró que no es necesario solicitar nuevamente la exoneración, pues la información está integrada con el Registro Único de Tránsito (RUNT). El transporte de carga, por su parte, no está sujeto a esta medida.

Quienes incumplan la restricción se enfrentan a una multa equivalente a 15 días de salario mínimo vigente, que asciende a 711.750 pesos colombianos, calculada con base en un salario mínimo diario de 47.450 pesos. La sanción está tipificada en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. Las autoridades reiteran el llamado a los conductores a respetar la medida y consultar la información oficial ante cualquier duda.

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