El pago de la prima de mitad de año, conocida como mesada 14, para los militares y policías pensionados en Colombia se efectuará antes de que finalice el mes de junio de 2026. Este beneficio económico, que representa una mesada adicional de igual valor a la pensión ordinaria, está respaldado por la Ley 923 de 2004 y el Decreto 4433 de 2004, normativas que establecen el derecho para los veteranos, retirados y algunos civiles del sector Defensa que cumplan con los requisitos de ley.
En Colombia, cerca de 210.000 veteranos de la Fuerza Pública pueden acceder a este beneficio, el cual se suma al universo de más de 2,2 millones de pensionados en el país, aunque la mesada 14 es exclusiva para quienes cumplen condiciones específicas de tiempo de servicio y fecha de vinculación. Mientras los militares requieren 20 años de servicio, los policías necesitan 25 años, siempre que su vinculación al sector Defensa se haya dado antes de 1994. El Consejo de Estado ha ratificado la legalidad de esta prestación, que no debe confundirse con la mesada 13 de diciembre que reciben todos los pensionados colombianos.
Pagos escalonados y entidades administradoras
El desembolso de la prima será gestionado por las entidades administradoras de pensiones de la Fuerza Pública, siendo Cremil la encargada de las pensiones militares y Casur de la nómina de la Reserva Policial. Estas entidades manejan cronogramas escalonados para el pago, por lo que la fecha exacta puede variar según el beneficiario. El dinero puede aparecer en la cuenta a lo largo del día, dependiendo del convenio bancario de cada administradora. Las autoridades recomiendan a los pensionados consultar los canales oficiales, como las plataformas digitales de Cremil y Casur, para confirmar el monto y el día exacto del desembolso, evitando así caer en información falsa.
«Son 20 años de servicio para militares y 25 para policías, si es vinculado al sector Defensa, debe haber prestado sus servicios antes de 1994»
Ley 923 de 2004 / Decreto 4433 de 2004
Este beneficio, que constituye un derecho legal para los miembros de la Fuerza Pública, representa un alivio económico en el primer semestre del año. Los beneficiarios deben revisar el desprendible de pago a través de las plataformas oficiales de las entidades administradoras para verificar el monto exacto, que corresponde a una mesada adicional del mismo valor de la ordinaria. Con este pago, el Gobierno nacional cumple con lo establecido en la normativa vigente, garantizando que los veteranos y retirados reciban esta prestación en los tiempos estipulados por la ley.












