El Ministerio de Trabajo de Colombia emitió una aclaración que revela una realidad preocupante para miles de trabajadores: las capacitaciones realizadas fuera de la jornada laboral no generan pago de horas extras ni forman parte del horario ordinario si no existe un acuerdo previo entre el empleador y el empleado. Esta situación, común en diversos sectores laborales del país, deja en una zona gris la remuneración del tiempo dedicado al desarrollo profesional, afectando directamente los ingresos de los trabajadores que no reclaman o carecen de pactos claros.
Según la entidad, solo mediante un convenio formal que defina el carácter obligatorio de estas sesiones y establezca su remuneración se considera que forman parte de la jornada laboral. De lo contrario, los empleados no están obligados a asistir, y no existen sanciones específicas por no hacerlo. Este pronunciamiento surge porque no hay ninguna norma legal que imponga a los trabajadores recibir capacitaciones fuera de su horario habitual, como las relacionadas con seguridad, actualizaciones jurídicas o técnicas, que son frecuentes en el ámbito laboral colombiano.
Capacitaciones dentro de horario sí se remuneran como jornada ordinaria
En contraste, las capacitaciones programadas dentro del horario laboral ordinario sí se integran automáticamente a la jornada y son remuneradas como tal. El Ministerio recomienda a empleadores y trabajadores llegar a consensos previos para evitar conflictos, subrayando la importancia de acuerdos explícitos que protejan los derechos de ambas partes y clarifiquen las obligaciones en materia de formación profesional.
«No existe norma alguna que obligue a los trabajadores a recibir capacitaciones por fuera del horario laboral»
Ministerio de Trabajo
Esta aclaración pone de manifiesto un problema extendido que impacta a miles de colombianos, incentivando a los empleados a exigir pactos formales antes de invertir su tiempo personal en actividades de capacitación, y recordando la necesidad de mayor claridad en las relaciones laborales para garantizar una justa compensación por el esfuerzo dedicado al crecimiento profesional.












