Ministerio del Trabajo formula dos cargos contra J.P. Morgan Colombia

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El Ministerio del Trabajo formuló dos cargos contra el Banco J.P. Morgan Colombia S.A. por presuntas irregularidades en la gestión de una denuncia de acoso laboral presentada en febrero de 2024 y por fallas en la conformación y funcionamiento de su Comité de Convivencia Laboral. El anuncio se realizó el viernes 17 de julio de 2026, dando inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio en el que la entidad financiera deberá presentar descargos y pruebas ante el ente acusador.

El primer cargo se relaciona con la presunta omisión de medidas preventivas y correctivas en la atención de la denuncia de acoso laboral, lo que habría implicado la falta de activación del Comité de Convivencia Laboral. El segundo cargo apunta a la presunta ausencia de conformación y funcionamiento regular de dicho comité entre el 1 de noviembre de 2024 y el 23 de enero de 2025, un periodo de aproximadamente tres meses. El Ministerio investiga si las investigaciones internas realizadas por las áreas de Employee Relations y Global Security del banco podían sustituir el procedimiento normativo y la activación del comité.

Investigación interna versus procedimiento legal

Mauricio Pava Abogados, firma que representa a la parte peticionaria, señaló que «la existencia de investigaciones corporativas no necesariamente reemplaza los procedimientos exigidos por la legislación laboral colombiana». En ese sentido, el Ministerio examinará si los canales corporativos del banco podían sustituir el mecanismo interno encargado de recibir quejas, escuchar a las partes y promover medidas correctivas. El abogado agregó que «este procedimiento deberá establecer si el banco cumplió las garantías laborales y los mecanismos de prevención que estaba obligado a aplicar».

«La existencia de investigaciones corporativas no necesariamente reemplaza los procedimientos exigidos por la legislación laboral colombiana»

Mauricio Pava Abogados, firma representante de la parte peticionaria

Por su parte, el Ministerio del Trabajo aclaró que la formulación de cargos «no constituye una decisión definitiva ni implica, por sí sola, una declaración de responsabilidad». La responsabilidad se determinará tras valorar los argumentos y las pruebas que presente el banco. El anterior comité de convivencia finalizó su periodo el 31 de octubre de 2024, y el nuevo órgano se constituyó formalmente el 24 de enero de 2025, lo que dejó un vacío de casi tres meses que ahora es objeto de investigación.

De confirmarse las irregularidades, el Banco J.P. Morgan Colombia S.A. podría enfrentar una sanción máxima de hasta 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Este caso pone bajo la lupa el cumplimiento de los protocolos internos para la prevención y atención del acoso laboral en el sector financiero y podría sentar un precedente en la supervisión de los mecanismos de convivencia laboral en Colombia, al establecer si las investigaciones internas corporativas pueden reemplazar los procedimientos establecidos por la ley.

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