La Veintitrés

Multa por No Usar el Cinturón en los Asientos Traseros de un Carro

El cinturón de seguridad es una herramienta crucial para prevenir las consecuencias de cualquier accidente de tráfico, ya que sujeta y mantiene al pasajero en su asiento, minimizando las heridas en caso de un choque. La ley especifica que los cinturones deben consistir en un conjunto de tiras o estar provistos de una hebilla de cierre.
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El cinturón de seguridad es una herramienta crucial para prevenir las consecuencias de cualquier accidente de tráfico, ya que sujeta y mantiene al pasajero en su asiento, minimizando las heridas en caso de un choque. La ley especifica que los cinturones deben consistir en un conjunto de tiras o estar provistos de una hebilla de cierre.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el uso frecuente del cinturón de seguridad reduce el riesgo de muerte en un accidente de tránsito en un 50 %. Por esta razón, el Código Nacional de Tránsito establece una multa para los pasajeros que no lo usen.

Aunque tradicionalmente se ha pensado que el cinturón de seguridad es solo para quienes van sentados en la parte delantera del vehículo, el artículo 82 del Código Nacional de Tránsito estipula que “a partir de los vehículos fabricados en el año 2004, se exigirá el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros, de acuerdo con la reglamentación que sobre el particular expida el Ministerio de Transporte”.

Además, esta herramienta debe cumplir con ciertas especificaciones según la resolución 19200 de 2002: “los cinturones de seguridad que portarán los vehículos que transitan por las vías del territorio nacional, incluyendo las urbanas, deberán cumplir con las características técnicas, de fijación o anclaje contempladas en la norma Icontec NTC-1570, o la norma que la modifique o sustituya”.

La multa

El Código Nacional de Tránsito señala que: “Será sancionado con una multa equivalente a quince salarios mínimos legales diarios vigentes, el conductor de un vehículo automotor que incurra en la infracción de no utilizar el cinturón de seguridad”. Para 2024, esta multa asciende a $650,000.

No obstante, el parágrafo del artículo 4 de la resolución 19200 de 2002 indica que estarán excluidos los vehículos de transporte público colectivo de pasajeros y/o mixto.

En el caso de viajar en taxi o en transporte privado, esta restricción también aplica. Por lo tanto, todos los vehículos deben contar con cinturones de seguridad disponibles para los pasajeros.

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