La Fiscalía General de la Nación, a través de la fiscal Lucy Laborde, reveló que Nicolás Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro e imputado por los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito, pasó 15 días en el Centro Vacacional San Fernando del Batallón Córdova en Santa Marta, Magdalena, donde generó una factura por 1.108.000 pesos en consumos que incluyeron restaurante, bar, comidas rápidas y peluquería. Esta estancia, confirmada por una tarjeta de registro y una reserva para siete personas entre el 27 de marzo y el 10 de abril de 2026, contrasta con los alegatos del procesado de enfrentar restricciones de movilidad por su inclusión en la Lista Clinton de la OFAC y dificultades económicas para asistir presencialmente a audiencias en Barranquilla.
La información surgió de registros del sistema Zeus, inspecciones policiales, publicaciones en redes sociales de su pareja Laura Ojeda Estupiñán y otros acompañantes, así como una factura emitida cinco días después de los consumos, el 15 de abril de 2026, tras la visita de investigadores; esta no incluye el costo del alojamiento. La fiscal Luz Adriana Camargo, junto a Lucy Laborde, solicitó al juez Hugo Carbonó medidas correccionales e incluso arresto por el incumplimiento de órdenes judiciales, argumentando contradicciones en los alegatos de Nicolás Petro Burgos, quien no se presentó a las audiencias pese a demostrar capacidad para desplazarse entre Cartagena, Santa Marta y Bogotá.
Contradicciones entre alegatos y hechos
La defensa de Nicolás Petro Burgos, representada por el abogado Alejandro Carranza, ha argumentado que los viajes responden a motivos de seguridad y que el uso de guarniciones militares se enmarca en un esquema de protección estatal, rechazando que no alojarse en un hotel de cinco estrellas implique ocultamiento. No obstante, la Fiscalía destaca el contrasentido de invocar restricciones de la Lista OFAC para eludir la justicia mientras se disfruta de lujos vacacionales. El juez Hugo Carbonó abrió un incidente de medidas correccionales para analizar si hubo eludimiento deliberado de la justicia y la legalidad del acceso a estos beneficios militares.
«Resulta un contrasentido jurídico y fáctico que el procesado alegue una restricción de movilidad, derivada de su inclusión en la Lista Ofac, para eludir los llamados de la Justicia, mientras que, de manera simultánea y con posterioridad a dicha inclusión, ha demostrado tener plena capacidad, logística y disposición para desplazarse entre las ciudades de Cartagena, Santa Marta y Bogotá.»
Lucy Laborde, fiscal
«Pretender deducir ocultamiento por no alojarse en un hotel 5 estrellas es desconocer cómo opera la protección de personas en riesgo.»
Alejandro Carranza, abogado de Nicolás Petro Burgos
Este caso, que involucra al hijo del mandatario en graves imputaciones, pone en el centro del debate la efectividad de las medidas cautelares y el uso de instalaciones militares para imputados bajo protección, mientras el juez Carbonó evalúa las pruebas para decidir sobre posibles sanciones que garanticen la comparecencia del procesado ante la justicia.












