Pago de prima de servicios proporcional vence el 20 de diciembre en Colombia

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En Colombia, los empleadores están obligados a pagar la prima de servicios de diciembre de manera proporcional al tiempo trabajado por los empleados formales, utilizando la fórmula salario mensual multiplicado por los días laborados y dividido por 360. Este pago, correspondiente al segundo semestre del año, debe realizarse a más tardar el 20 de diciembre, bajo pena de sanciones que pueden alcanzar hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, según el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo. Tanto trabajadores como empleadores en todo el territorio nacional se ven involucrados en esta prestación social obligatoria, regulada por el Ministerio de Trabajo para garantizar los derechos laborales en periodos incompletos.

La prima de servicios se reconoce de forma proporcional sin requerir un año completo de trabajo y aplica indistintamente a contratos a término fijo, indefinido, por obra o labor y servicio doméstico. Con un salario mínimo mensual de 1.423.500 pesos, la prima para un semestre completo de 180 días asciende a 711.750 pesos. Por ejemplo, para un trabajador con 90 días laborados, el cálculo se ajustaría proporcionalmente mediante la fórmula mencionada, asegurando que nadie quede desprotegido por periodos parciales.

Cómo reclamar en caso de incumplimiento

Esta prestación, equivalente a un salario anual distribuido en dos pagos semestrales —junio y diciembre—, es un pilar de la normativa laboral colombiana. El Ministerio de Trabajo ofrece mecanismos de reclamo accesibles, permitiendo a los afectados presentar quejas o buscar conciliaciones para derechos negociables como indemnizaciones o plazos de pago.

“Si no logró llegar a un acuerdo con su empleador, usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o, en ciertos casos, intentar una conciliación solo sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben”

Ministerio de Trabajo

Desde La Veintitrés Manizales recordamos a los trabajadores caldenses y de todo el país verificar el cumplimiento de esta obligación patronal antes del límite del 20 de diciembre, promoviendo así el respeto a los derechos laborales en un contexto de formalidad creciente.

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