Pensionados pueden recibir sanciones de hasta $524.000 por no declarar renta

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha emitido una advertencia dirigida a los aproximadamente 2,9 millones de pensionados en Colombia, recordándoles que la exención de las mesadas pensionales del impuesto a la renta no los exime de la obligación formal de presentar la declaración si se superan los topes establecidos por la ley. La entidad dejó claro que tomará medidas contra aquellos que, aun estando obligados, presenten la declaración fuera de plazo, no la entreguen o consignen datos inexactos, todo esto en el marco del calendario tributario para el año gravable 2026.

El llamado de la Dian se produce en medio de una confusión frecuente entre los pensionados, quienes suelen creer que al estar exentas sus mesadas del impuesto a la renta desaparece por completo su vínculo con el sistema tributario. Sin embargo, la obligación de declarar no depende únicamente de tener un impuesto a cargo, sino de superar al menos una de varias condiciones durante el año gravable, como los ingresos brutos totales o el monto de las consignaciones bancarias. Por ello, la Dian recordó que la revisión apunta a establecer si existe el deber formal de informar y si corresponde o no un pago, y que, dado sea el caso, se debe llevar a cabo el pago si hay una carga impositiva a responsabilidad del contribuyente.

Sanciones que pueden superar los 524 mil pesos

Las sanciones por incumplimiento son significativas y están respaldadas legalmente. Para quienes presenten la declaración de forma extemporánea, la multa equivale al 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso si hay impuesto que pagar; en caso de no haber impuesto a cargo, la sanción es del 0,5% de los ingresos brutos o de las consignaciones mensuales, calculada desde la fecha de vencimiento. Si el pensionado omite por completo la declaración, la Dian puede imponer una sanción del 20% de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos del periodo investigado, más los intereses moratorios correspondientes. En los casos más graves, cuando se detectan datos inexactos que configuran evasión, la multa puede oscilar entre el 100% y el 200% de la diferencia entre el saldo determinado por la Dian y el valor declarado por el contribuyente. La ley establece, además, que ninguna sanción en Colombia puede ser inferior a 524.000 pesos.

«Tomará medidas con quienes no declaren renta a tiempo»

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian)

El calendario tributario para 2026 tiene vencimientos entre el 12 de agosto y el 26 de octubre. No obstante, la Dian extendió los plazos para los contribuyentes afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026 en los departamentos de Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca. Esa extensión, sin embargo, no elimina la obligación de declarar, sino que solo aplaza la fecha límite. Los pensionados que reciban ingresos adicionales como arriendos, rendimientos financieros, honorarios u otros deben incluirlos en su declaración si corresponde, y la Dian tiene las herramientas digitales disponibles para facilitar el cumplimiento. La entidad insiste en que los pensionados verifiquen si superan los umbrales establecidos, pues ignorar la obligación formal puede resultar en sanciones que van desde los 524.000 pesos hasta montos que duplican el valor evadido, afectando seriamente su economía.

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