En la tarde del 24 de octubre, el presidente Gustavo Petro confirmó en su cuenta X que ya no está en una relación sentimental con Verónica Alcocer, lo que desató un intenso debate sobre si Alcocer podría seguir ocupando el rol de Primera Dama. Petro afirmó que la separación es de años atrás y recordó que la pareja contrajo matrimonio en diciembre de 2000, con dos hijas y su hijo Nicolás Petro Burgos como parte de la familia, mientras que la conversación pública se entrelaza con la mención de su círculo cercano y la figura de Armando Benedetti, ministro del Interior, en referencias que se han vinculado a la denominada Lista Clinton.
El anuncio y el contexto inmediato aceleraron un debate sobre la continuidad de Alcocer como Primera Dama. En tres planos se entrecruzan las conversaciones: la relación personal del Presidente y la Primera Dama, el uso de la figura institucional en actos oficiales y el tratamiento mediático y legal de esa posición, que no está regulada por la Constitución ni por una ley en Colombia, según lo analizado por distintos especialistas. Alcocer, por su parte, ha representado a Colombia en múltiples actos públicos, incluido el funeral del Papa Francisco celebrado en abril de 2025, lo que ha alimentado la discusión sobre si su papel debe mantenerse ante una ruptura sentimental. En el extranjero, se ha señalado que en Estados Unidos y otros países la figura de la Primera Dama no está regulada de forma uniforme, y que Harriet Lane fue una excepción histórica en ese marco.
La figura de la Primera Dama, entre tradición y regulación
El texto de contexto señala que no existen requisitos legales formales para que alguien ocupe el rol de Primera Dama en Colombia; la función se apoya en la tradición y el protocolo, y cuando el presidente no tiene esposa, el cargo puede ser asumido por familiares cercanos como una hija, una hermana o incluso una madre. Alcocer ha participado como representante de Colombia en actos internacionales y, en abril de 2025, estuvo presente en el funeral del Papa Francisco, lo que ha sido citado para debatir la legitimidad de continuar en ese rol sin una unión conyugal vigente. En el análisis de la situación, distintas fuentes citadas mencionan que la Primera Dama no está jurídicamente regulada en varios países, con ejemplos históricos que refieren a sistemas en Estados Unidos, Francia, Argentina, Perú o México, y que, incluso allí, la función puede variar según la interpretación de cada normativa o protocolo. En este marco, la discusión en Colombia ha sido alimentada por cuestionamientos de figuras políticas sobre la norma que permitiría a Alcocer seguir ocupando el cargo institucional de Primera Dama.
«Verónica Alcocer está separada de mi hace años, la perjudican gratuitamente, ya la oligarquía colombiana había dado orden de procesarla y a mi hijo de abrirle varios procesos, es su estrategia electoral», indicó Gustavo Petro.
«Ahora resulta que la separación con su exesposa es excusa para el uso indebido del aparato diplomático. ¿Cómo es que una mujer separada viaja por el mundo representando al país, firmando convenios, participando en eventos como “Primera Dama”? ¿Con qué legitimidad y bajo qué norma?», escribió la congresista al respecto en su cuenta de X. — María Fernanda Cabal, Congresista y precandidata presidencial
Entre las lecturas que circulan, una fuente citada por Infobae Colombia señala que la Primera Dama no requiere ser esposa del Presidente para ocupar el cargo, lo cual se inscribe en el debate público sobre la apertura de la figura a otras derivaciones institucionales. En la conversación también figuran datos secundarios como la presencia de Alcocer en el Vaticano durante la visita al Papa Francisco y su participación en su funeral en abril de 2025, y la mención de que cuatro personas, entre ellas Gustavo Petro, Nicolás Petro Burgos, Verónica Alcocer y Armando Benedetti, integran lo que se ha referenciado como la Lista Clinton en el ámbito mediático, lo que añade una dimensión internacional al análisis político nacional.
La discusión, que se nutre de estas explicaciones y de la experiencia de otros países, se mantiene abierta ante la posibilidad de que la figura de la Primera Dama, entendida como expresión protocolaria y representativa, pueda transformarse en función de dinámicas políticas y sociales internas, o incluso ser objeto de revisión normativa. En ese marco, el propio debate público y político continúa centrado en el equilibrio entre la tradición, la representación institucional y el escrutinio ciudadano ante una separación que cambia el perfil de una familia presidencial en un momento de tensiones y cambios en la vida pública del país.















