El presidente electo Abelardo de la Espriella insistió al Congreso de la República en su propósito de posesionarse como mandatario el próximo 7 de agosto de 2026 en una guarnición militar ubicada en el sur del país, mientras que el presidente Gustavo Petro, aún en ejercicio de sus funciones, ordenó impedir que cualquier instalación castrense o policial sea utilizada para dicha ceremonia. La petición formal fue elevada por el líder del movimiento Defensores de la Patria desde el pasado 20 de julio, cuando solicitó al Legislativo habilitar las condiciones para que la transmisión de mando se realice fuera del Capitolio Nacional, sede oficial del Congreso en Bogotá.
En su comunicación, De la Espriella argumentó que se trata del cumplimiento de una promesa hecha al pueblo colombiano durante su campaña, con el objetivo de rendir “un homenaje solemne a los héroes de la Patria y a los uniformados que defienden la democracia”. El presidente electo subrayó que, a partir del 20 de julio, el Congreso “deberá actuar con responsabilidad patriótica, dentro de la Constitución y la ley, para permitir que esa promesa se cumpla”, y exigió que las conversaciones con las bancadas legislativas sean transparentes, sin acuerdos reservados, y que la relación entre el Gobierno entrante y el Parlamento “deberá construirse de cara al Pueblo, sin negociaciones bajo la mesa, sin politiquería y con respeto por el mandato expresado en las urnas”.
La orden del Gobierno saliente
La respuesta del presidente Gustavo Petro no se hizo esperar. A través de su cuenta en la red social X, Petro afirmó que, en su calidad de comandante supremo de las Fuerzas Militares hasta el momento exacto en que el nuevo presidente jure el cargo, ningún establecimiento militar o policial podrá albergar la posesión presidencial. “Los cuarteles militares y policiales están bajo mis órdenes hasta el momento que el nuevo presidente jure y, por tanto, hasta ese momento soy el comandante supremo de las Fuerzas Militares. Ningún oficial da el saludo militar a un civil sino cuando este sea su comandante supremo”, escribió el mandatario, y añadió: “Luego, en servicio de mis facultades constitucionales y legales, ordeno que ningún establecimiento militar sirva para una posesión de un presidente de la República de Colombia”. Petro fundamentó su postura en la Constitución y las leyes, que establecen que el presidente se posesiona ante el Congreso en sesión plena, y recordó que “la ley dice cuál es la sede del Congreso de la República, donde deben debatirse las leyes del pueblo y no de las mafias o de los extranjeros; en los cuarteles no se hacen leyes, se hacen acciones de seguridad y defensa del pueblo y su vida”.
“La posesión de la Patria Milagro será austera, simbólica y coherente con el nuevo rumbo que eligió Colombia”
Abelardo de la Espriella, presidente electo
Frente al cruce de posiciones, el secretario general del Senado, Diego Alejandro González, explicó el mecanismo legal que permitiría viabilizar la petición de De la Espriella. González recordó que el artículo 140 de la Constitución establece que la sede del Congreso es la capital de la República, Bogotá, pero también indica que las cámaras podrán, por acuerdo entre ellas, trasladar su sede a otro lugar. “Entonces, hemos explicado, frente al procedimiento que ellos nos solicitan allí, es que uno de los caminos sería la presentación de una proposición, tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Representantes, donde se apruebe que el Congreso en pleno pueda sesionar para posesionar al presidente electo en un lugar distinto al Capitolio Nacional”, detalló el funcionario. La decisión queda ahora en manos del Legislativo, que deberá resolver si habilita o no la ceremonia en una guarnición militar del sur del país, en medio de un tenso pulso entre el mandatario saliente y el presidente electo.












