Pico y Placa en Cartagena impide circular placas 3 y 4 de motos y particulares este viernes

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La Alcaldía de Cartagena, a través de la Dirección de Tránsito y Transporte (DATT), activó este viernes 6 de febrero el programa de restricción vehicular Pico y Placa, que prohíbe la circulación de motos y vehículos particulares con último dígito de placa 3 y 4 en la ciudad. Para las motocicletas, la restricción rige desde las 5:00 hasta las 23:00 horas, mientras que para los particulares aplica en dos horarios pico: de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 18:00 a 20:00 de la noche. En el caso de los taxis, la medida opera de manera continua desde las 6:00 del viernes hasta las 6:00 del sábado siguiente, cubriendo 24 horas durante los días laborables.

Esta rotación diaria, que se aplica de lunes a viernes excepto en festivos, busca reducir la circulación de automóviles, mitigar la contaminación ambiental, descongestionar el tránsito y disminuir los siniestros viales en las vías de Cartagena. Los conductores afectados deberán planificar sus desplazamientos con antelación, considerando que la restricción se basa en el último dígito de la placa según el tipo de vehículo.

Calendarios de restricción para los próximos meses

Para los vehículos particulares, el calendario de Pico y Placa desde el 7 de julio hasta el 3 de octubre de 2025 establece que los lunes circulan con dígitos 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, y viernes 9 y 0. Posteriormente, del 6 de octubre de 2025 al 2 de enero de 2026, la rotación cambia a lunes 3 y 4, martes 5 y 6, miércoles 7 y 8, jueves 9 y 0, y viernes 1 y 2. Los taxis siguen un esquema similar pero con horarios extendidos de 6:00 a 6:00 del día siguiente, como en el período del 30 de junio al 1 de agosto de 2025, donde los lunes corresponden a dígitos 3 y 4, entre otros ajustes por fases.

Excepciones y sanciones por incumplimiento

Entre los vehículos exentos se encuentran los eléctricos, los de uso oficial, los de emergencia, médicos, los destinados a la distribución de medicamentos, rescate de órganos, control de tráfico, manejo de residuos hospitalarios, medios de comunicación, turísticos y aquellos para enseñanza automovilística, siempre que cuenten con un permiso especial solicitado ante la autoridad competente, acompañado de la documentación requerida y paz y salvo. Quienes infrinjan la norma enfrentarán una multa de 711.750 pesos, equivalente a 15 días de salario mínimo diario calculado en 47.450 pesos, además de la inmovilización del vehículo.

La DATT recomienda a los cartageneros verificar el calendario oficial y optar por alternativas como el transporte público o compartido para evitar sanciones y contribuir a una movilidad más sostenible en la ciudad heroica.

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