En Cartagena, este martes 10 de febrero, el Gobierno distrital a través de la Dirección de Tránsito y Transporte (DATT) y la Alcaldía local implementaron la restricción vehicular del Pico y Placa, que impide la circulación de motocicletas y vehículos particulares con placas terminadas en 7 y 8, mientras que los taxis quedan exentos de esta medida. La norma, vigente en la ciudad colombiana, busca reducir la circulación de automóviles, descongestionar el tránsito, disminuir los accidentes y mitigar la contaminación ambiental mediante una rotación diaria basada en el último dígito de la placa, el día de la semana, el tipo de vehículo y horarios específicos.
Para este martes, las motocicletas con terminaciones 7 y 8 no pueden transitar desde las 5:00 hasta las 23:00 horas, en tanto que los vehículos particulares enfrentan la restricción entre las 7:00 y 9:00 de la mañana, así como de 18:00 a 20:00 en la noche. Los taxis, por su parte, operan bajo un esquema diferente que aplica de 6:00 a 6:00 del día siguiente, de lunes a viernes y excluyendo festivos. Este programa de Pico y Placa varía según la ciudad y cambia diariamente, con un calendario de rotación publicado por el Gobierno de Cartagena para el segundo semestre de 2025.
Calendario detallado para vehículos particulares y taxis en 2025
En el calendario para vehículos particulares durante el periodo del 7 de julio al 3 de octubre de 2025, los lunes quedan restringidos los dígitos 1 y 2, los martes 3 y 4, los miércoles 5 y 6, los jueves 7 y 8, y los viernes 9 y 0. Posteriormente, del 6 de octubre de 2025 al 2 de enero de 2026, la rotación se ajusta con lunes para 3 y 4, martes para 5 y 6, miércoles para 7 y 8, jueves para 9 y 0, y viernes para 1 y 2. Para los taxis, las rotaciones en 2025 se detallan por periodos específicos; por ejemplo, del 30 de junio al 1 de agosto, los lunes corresponden a 3 y 4, martes a 5 y 6, y así sucesivamente según el esquema establecido.
Sanciones, excepciones y requisitos para exenciones
Las infracciones al Pico y Placa conllevan una multa de 711.750 pesos, equivalente a 15 días de salario mínimo diario que asciende a 47.450 pesos, además de la inmovilización del vehículo. Entre las excepciones se encuentran vehículos eléctricos, oficiales, de emergencia, médicos y taxis con horario específico, siempre que se cuente con solicitud previa, documentación correspondiente y paz y salvo. Los exentos requieren un permiso especial respaldado por copias de la documentación requerida.
Con estas medidas, las autoridades de Cartagena refuerzan su compromiso con la movilidad sostenible, recordando a conductores y ciudadanos la importancia de consultar el calendario oficial para evitar sanciones y contribuir a un tránsito más fluido en la ciudad.















