El Pico y Placa en Cartagena regirá este viernes 17 de julio con la restricción a la circulación de vehículos particulares y motos cuyas placas terminen en los dígitos 5 y 6, mientras que los taxis no tendrán ninguna limitación durante esa jornada. Las autoridades de tránsito del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) y la Alcaldía de Cartagena mantienen activa esta medida con el objetivo de reducir el parque vehicular, descongestionar el tránsito, disminuir los accidentes automovilísticos y mejorar la calidad del aire en la ciudad.
La restricción para los vehículos particulares aplica en dos ventanas horarias durante los días hábiles: de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 6:00 a 8:00 de la noche. Las motocicletas, por su parte, enfrentan un período de restricción mucho más amplio, que va desde las 5:00 de la mañana hasta las 11:00 de la noche. En el caso de los taxis, la limitación se extiende durante 24 horas continuas, desde las 6:00 de la mañana del mismo día hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente, aunque aplica únicamente de lunes a viernes, excluyendo los días festivos, y para este viernes no hay restricción para este tipo de vehículos.
Multas e inmovilización por incumplir la medida
Conducir un vehículo particular o una moto durante los horarios y días en que no está permitido por el Pico y Placa representa una sanción económica significativa. La multa establecida es de 15 días del salario mínimo vigente, lo que equivale a 711.750 pesos colombianos, tomando como base un salario mínimo diario de 47.450 pesos. Además de la infracción monetaria, el vehículo del infractor será inmovilizado de inmediato por las autoridades de tránsito.
El programa de Pico y Placa en Cartagena no aplica los domingos ni en días festivos. Las rotaciones de los dígitos restringidos cambian cada cierto período. Para el primer semestre de 2026, el calendario se divide en cuatro etapas: del 16 de enero al 27 de marzo; del 30 de marzo al 27 de junio; del 30 de junio al 2 de octubre; y del 5 de octubre de 2026 al 22 de enero de 2027. En la rotación que inició el 16 de enero, la restricción para los lunes corresponde a las placas terminadas en 5 y 6; los martes, 7 y 8; los miércoles, 9 y 0; los jueves, 1 y 2; y los viernes, 3 y 4.
Existen vehículos que están exentos de esta restricción. Entre ellos se incluyen aquellos que cuentan con un Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular, los vehículos eléctricos o de cero emisiones, los oficiales, de emergencia, de atención médica, de distribución de medicamentos, de rescate o traslado de órganos, de control de tráfico y grúas, de residuos hospitalarios, de medios de comunicación, de servicios turísticos y los destinados a la enseñanza automovilística. Para obtener la exención se debe presentar una solicitud formal ante el DATT con la documentación del vehículo, del conductor y el paz y salvo por todo concepto.
En cuanto a la rotación específica de los taxis para el período comprendido entre el 1 de junio y el 26 de junio de 2026, la restricción se aplica de la siguiente manera: los lunes tienen pico y placa las placas terminadas en 5 y 6; los martes, 7 y 8; los miércoles, 9 y 0; los jueves, 1 y 2; y los viernes, 3 y 4. Las autoridades recuerdan a la ciudadanía que estas medidas varían en cada ciudad del país y que la información aquí presentada es específica para Cartagena de Indias.












