La Secretaría de Movilidad de Villavicencio confirmó que para este miércoles 4 de noviembre de 2026 se aplicará la medida de Pico y Placa en la ciudad, con una restricción que ha generado confusión entre los conductores debido a inconsistencias en la información oficial difundida. De acuerdo con la sección «Pico y Placa hoy» publicada por la entidad, los vehículos particulares cuyas placas terminen en 7 y 8 no podrán circular durante las dos franjas horarias establecidas: de 6:30 de la mañana a 9:30 de la mañana y de 5:00 de la tarde a 8:00 de la noche. Sin embargo, al contrastar este dato con el decreto anual que rige la medida desde el 26 de enero hasta el 22 de diciembre de 2026, se evidencia una contradicción: según la secuencia semanal publicada, los miércoles corresponden a los dígitos 9 y 0, lo que plantea dudas sobre cuál es la restricción realmente vigente para esta fecha.
La medida, que se aplica de lunes a viernes en días no festivos (y el 4 de noviembre es un miércoles hábil), busca reducir el parque vehicular en circulación, disminuir los niveles de congestión, prevenir accidentes automovilísticos y mitigar los índices de contaminación atmosférica en la capital del Meta. El programa tiene vigencia hasta el 22 de diciembre de 2026, según el decreto que lo reglamenta. Para los taxis, la restricción opera en un horario mucho más amplio: desde las 6:00 de la mañana hasta la medianoche, con una rotación diaria que comenzó el 21 de enero con las placas terminadas en 6 y continúa en secuencia sucesiva del 6 al 5, de lunes a domingo. No obstante, en el mismo texto oficial se afirma inicialmente que para el 4 de noviembre la restricción no aplica para motos, taxis ni transporte público colectivo, lo que constituye otra inconsistencia grave, ya que luego se detalla la restricción específica para taxis con su propio calendario.
Multas y exenciones
Las autoridades han sido enfáticas en recordar las sanciones para quienes infrinjan la medida. Circular durante los horarios restringidos con un vehículo particular cuya placa corresponda a los dígitos prohibidos del día (ya sean 7 y 8 según la información diaria, o 9 y 0 según el decreto anual) implicará una multa de 711.750 pesos colombianos, equivalente a 15 días de salario mínimo vigente, considerando que el salario mínimo diario está fijado en 47.450 pesos. La sanción se aplica con base en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre de Colombia. Quedan exentos de la medida los vehículos de emergencia, de seguridad pública y privada, los destinados al personal de servicios públicos, los de mensajería y reparto, los de control de tráfico, los de enseñanza, los de medios de comunicación, así como los vehículos eléctricos y aquellos de cero emisiones.
La ambigüedad en la información oficial ha generado malestar entre los conductores, quienes enfrentan el riesgo de ser sancionados si aplican el dato equivocado. Mientras la Secretaría de Movilidad no aclare si la restricción del miércoles 4 de noviembre corresponde a los dígitos 7 y 8 (como indica la sección «Pico y Placa hoy») o a los dígitos 9 y 0 (como establece el decreto anual), la recomendación para los ciudadanos es mantenerse atentos a los canales oficiales y, en caso de duda, optar por el transporte público o modos alternativos de desplazamiento para evitar una costosa infracción.










