Presidenta de la Corte Constitucional critica película por asociar a víctima del Palacio con el M-19

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La presidenta de la Corte Constitucional, magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, cuestionó en una aclaración de voto que la película ‘Noviembre’ presente al exmagistrado Manuel Gaona Cruz como cercano al M-19, al considerar que esa representación es «denigrante» y afecta su condición de víctima. La Corte amparó los derechos del exmagistrado y sus familiares en la Sentencia SU-334 de 2026, pero Meneses se apartó de la mayoría al sostener que la vulneración no solo provino de las piezas promocionales, sino de la escena misma de la película donde un personaje afirma que Gaona era «uña y mugre con estos terroristas».

Manuel Gaona Cruz fue secuestrado y asesinado por miembros del M-19 durante la toma y retoma del Palacio de Justicia en 1985. La película ‘Noviembre’, dirigida por Tomás Corredor Pulido y producida por Burning S.A.S., es una obra de ficción inspirada en hechos reales que se estrenó en el Festival de Toronto el 6 de septiembre de 2025 y llegó a las salas colombianas el 2 de octubre de ese mismo año. Un día antes del estreno nacional, el 1 de octubre de 2025, los familiares del exmagistrado —Ruth Marina Bejarano de Gaona, César Gabriel Gaona Bejarano y Ruth Juliana Gaona Bejarano— interpusieron una tutela que finalmente resolvió la Corte Constitucional el 14 de octubre de 2026.

Los argumentos de la magistrada

En su aclaración de voto, la magistrada Meneses señaló que la libertad de expresión artística no ampara afirmaciones sin sustento fáctico que pongan en duda la condición de víctima de una persona. Documentos históricos como los informes del Tribunal Especial de Instrucción Criminal y de la Comisión de la Verdad de la Corte Suprema de Justicia respaldan la condición de Gaona como víctima, mientras que ni el director ni la productora presentaron pruebas de la supuesta cercanía con el M-19. La escena en cuestión, donde el personaje que representa a la exconsejera de Estado Aydée Anzola Linares vincula a Gaona con los terroristas, fue considerada por Meneses como una prolongación del crimen que revive injustificadamente el sufrimiento de los familiares.

«Negar a las víctimas su condición o ponerla en duda, al asociarlas con sus victimarios, es profundamente deshumanizante y denigrante, constituye una prolongación del crimen y revive injustificadamente el sufrimiento de sus familiares»

Paola Andrea Meneses Mosquera, presidenta de la Corte Constitucional

Posiciones diversas en el alto tribunal

La mayoría de la Corte atribuyó la vulneración únicamente a las piezas promocionales que presentaban la película como representación de la verdad histórica, por lo que ordenó incluir un aviso que precise que se trata de ficción inspirada en hechos reales y ofrecer disculpas públicas a los familiares. Sin embargo, no se ordenó modificar la película ni suprimir la frase. La magistrada Natalia Ángel Cabo salvó parcialmente el voto al cuestionar la orden de disculpas públicas por considerar que podía afectar las libertades de expresión y conciencia de los realizadores. Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar coincidió con Meneses en que el daño provenía también de la escena y propuso medidas de aclaración más específicas. El magistrado Carlos Camargo Assis acompañó la decisión pero planteó que el aviso debía precisar que la supuesta cercanía carecía de sustento y que los registros históricos indican que Gaona fue secuestrado y asesinado por el M-19. Los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Héctor Alfonso Carvajal Londoño también salvaron el voto, evidenciando la complejidad del debate entre la libertad de expresión artística y la protección de la dignidad de las víctimas.

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