La senadora Andrea Padilla, de la Alianza Verde, anunció a través de sus redes sociales la apertura de un proceso policivo sancionatorio contra los responsables de prender fuego a los cuernos de un toro durante las corralejas anuales de Sabanalarga, Atlántico. La denuncia fue presentada por la abogada Gipsy Hernández, de la firma Alegato Juristas, y el inspector de Policía de la Alcaldía de Sabanalarga decidió abrir el expediente y remitirlo a la Fiscalía General de la Nación para que evalúe si los hechos constituyen el delito de lesiones graves contra el animal.
Los hechos ocurrieron el 2 de octubre de 2026 en el ruedo de las corralejas de Sabanalarga, donde asistentes instalaron y activaron elementos pirotécnicos, específicamente bengalas, sobre los cuernos del toro. Un video difundido por la Plataforma Colombiana por los Animales (Alto) muestra al animal corriendo con llamas en la cabeza mientras los presentes celebran. El inspector concluyó de manera preliminar que esta práctica vulnera el principio de bienestar animal y no constituye una tradición amparada legalmente, lo que motivó la apertura del proceso sancionatorio para identificar a quienes intervinieron en la instalación y activación de los elementos.
Contexto jurídico de las corralejas en Colombia
El caso se inscribe en un complejo escenario legal que rodea a las corralejas en el país. La Ley 2385 de 2024, conocida como Ley No Más Olé, prohíbe las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas, así como cualquier procedimiento que socave la integridad de formas de vida no humana. La Corte Constitucional declaró exequible esta norma mediante la Sentencia C-312 de 2026. Sin embargo, las corralejas tienen un calendario jurídico distinto: la Sentencia C-374 de 2025 retiró la excepción que las amparaba, pero difirió los efectos hasta septiembre de 2028, lo que significa que aún pueden realizarse bajo ciertas condiciones durante ese período de transición.
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0703 el 7 de julio de 2026, que reglamenta las condiciones de bienestar para eventos taurinos durante esta transición. Entre las exigencias están la certificación veterinaria previa de los animales, la presencia de un veterinario durante el evento, el acceso permanente a agua y alimentación, el retiro inmediato de animales con lesiones graves y la prohibición de instrumentos que causen dolor en el transporte y manejo. Estas disposiciones aplican de forma expresa a corridas de toros, rejoneos, novilladas, becerradas y tientas, y las autoridades territoriales deben realizar inspecciones y conservar registros documentales y fotográficos de los controles.
«La colocación de bengalas e ignición de fuego sobre el cuerpo del animal no constituye una práctica tradicional amparada legalmente, sino un aditamento que vulnera el principio de bienestar animal»
Inspector de Policía de Sabanalarga, citado por la senadora Andrea Padilla
La senadora Padilla agradeció a la abogada Gipsy Hernández por presentar la denuncia y destacó la importancia de las acciones legales frente al maltrato animal. En sus declaraciones en redes sociales, afirmó: «Los animales se defienden con acciones; no con palabras». El proceso sancionatorio ahora deberá establecer quiénes fueron los responsables directos de la instalación y activación de los elementos pirotécnicos sobre el toro, mientras la Fiscalía evalúa la posible comisión del delito de lesiones graves. La Plataforma Colombiana por los Animales (Alto) fue la primera en denunciar el caso con la difusión del video que evidenció los hechos.










