Registraduría reitera prohibición de celulares en puestos de votación para elecciones de 2026

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La Registraduría Nacional del Estado Civil recordó a los ciudadanos la prohibición de usar teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video dentro de los puestos de votación durante las elecciones presidenciales de 2026, con el objetivo de proteger el secreto del voto y evitar delitos electorales como la compra de votos o presiones indebidas. La restricción aplicará durante toda la jornada electoral del domingo 31 de mayo de 2026, en la primera vuelta, y, de ser necesaria una segunda vuelta, el 21 de junio de 2026, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.

Cerca de 41 millones de colombianos están habilitados para votar en estos comicios, en los que se elegirá al presidente y vicepresidente para el período 2026-2030. La medida, que se repite en cada proceso electoral, está respaldada por el Decreto 430 de 2018, cuyo artículo 11 establece la prohibición, y ha sido ratificada por los decretos 847 de 2018, 318 de 2022 y 211 de 2026. La Registraduría explicó que la restricción busca impedir que se tomen fotografías del tarjetón para ser utilizadas como prueba de voto en prácticas ilegales, como la compra de votos o el constreñimiento al elector.

Excepciones y sanciones

La norma contempla excepciones: los votantes pueden usar su teléfono para presentar la cédula digital ante los jurados de votación, y los medios de comunicación debidamente acreditados pueden grabar en zonas permitidas, siempre y cuando no ingresen a los cubículos de votación. En cuanto a las sanciones, no existe una multa específica por tomar una foto al voto, pero las autoridades pueden hacer llamados de atención, retirar el dispositivo o expulsar al votante del puesto. Si la acción se vincula con delitos electorales, podría derivar en investigaciones judiciales.

«Durante la jornada electoral, no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m.»

Artículo 11 del Decreto 430 de 2018, citado por la Registraduría Nacional del Estado Civil

Si ningún candidato supera el 50% de los votos válidos en la primera vuelta del 31 de mayo, se realizará una segunda vuelta el 21 de junio de 2026. La Registraduría hizo el llamado a los colombianos para que ejerzan su derecho al voto con libertad y sin presiones, recordando que la prohibición de dispositivos electrónicos en los puestos de votación es una herramienta clave para garantizar la transparencia del proceso electoral.

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