En Colombia, el Ministerio de Transporte recuerda que la revisión técnico-mecánica es obligatoria para todos los vehículos según un calendario establecido por edad y tipo de automotor, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y el control ambiental. Esta prueba se realiza en Centros de Diagnóstico Automotor autorizados en todo el país, donde se verifican sistemas críticos como frenos, suspensión, dirección, emisiones, eléctrico, llantas y cinturones de seguridad. El incumplimiento genera multas de 15 salarios mínimos diarios legalmente vigentes en 2025, y sin el certificado vigente, los vehículos no pueden circular libremente.
El calendario de revisiones varía según el tipo de vehículo: para carros particulares, la primera se exige a los cinco años de la matrícula y luego de forma anual; en tanto que para vehículos de servicio público, motocicletas y automotores antiguos, la inicial es a los dos años de matriculados y también anuales después. Si el vehículo no aprueba la revisión, se emite un informe con las anomalías detectadas, incluyendo fallas en iluminación y elementos de seguridad, y se otorga un plazo de 15 días para realizar las reparaciones necesarias.
Consecuencias por incumplimiento
La falta de revisión técnico-mecánica se considera una infracción grave que puede derivar en inmovilización del vehículo mediante grúa y cobro de parqueadero. En casos donde tampoco se cuente con el SOAT vigente, la multa asciende a 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, sumada a las retenciones adicionales. Este certificado es esencial para detectar fallas que previenen accidentes y reducen las emisiones contaminantes, asegurando que solo automotores en condiciones óptimas transiten por las vías del país.
Con estas medidas, el Ministerio de Transporte busca fortalecer la cultura de mantenimiento preventivo entre los conductores colombianos, promoviendo una movilidad más segura y sostenible en todo el territorio nacional.

















