La Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, junto con el Gobierno nacional y entidades como la Federación Colombiana de Gestión Humana (Acrip) y la experta en gestión de recursos humanos Buk, han aclarado que el aumento del salario mínimo para 2026 no implicará un ajuste automático para los trabajadores colombianos que perciben sueldos superiores al mínimo legal, dado que no existe ninguna obligación legal que lo exija. En el caso del salario mínimo de 2025, fijado antes del 30 de diciembre de 2024 en un total de 1.623.500 pesos, que incluye una base de 1.423.500 pesos más un auxilio de transporte de 200.000 pesos, representó un incremento del 9,5 por ciento respecto a 2024, mientras que los salarios por encima del mínimo subieron en promedio un 7,1 por ciento. Para 2026, al no lograrse un acuerdo en la comisión, el ajuste será definido por decreto presidencial, con proyecciones que indican que menos del 7 por ciento se aplicará al mínimo.
Este panorama afecta directamente a más de dos millones de trabajadores que ganan el salario mínimo mensual, pero también resalta la autonomía de las empresas en la definición de incrementos para el resto de su personal, basados en factores como el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del 5,2 por ciento para 2025, resultados organizacionales, mercado salarial, políticas internas, metas financieras, desempeño individual, productividad, inflación y antigüedad, sin que los contratos incluyan cláusulas automáticas de replicación. En 2025, el 88 por ciento de las empresas reportaron ajustes salariales, mientras que el 12 por ciento no lo hizo, con variaciones regionales notables en zonas como Valle del Cauca y Cundinamarca, donde los incrementos promediaron el 7,2 por ciento; Antioquia con un 6,6 por ciento; y la región Caribe con un 6,5 por ciento.
Variaciones por jerarquía y brechas de género persisten
Los ajustes salariales en 2025 también se diferenciaron por niveles jerárquicos: el personal base vio incrementos del 7,9 por ciento, seguidos por técnicos con 7,4 por ciento, juniors y gerencia media con 6,9 por ciento, y seniors junto con alta gerencia con 6,7 por ciento. Sin embargo, persisten brechas de género significativas en los promedios mensuales, como en alta gerencia donde los hombres perciben 43.400.000 pesos frente a 35.900.000 pesos de las mujeres; en gerencia media, 18.200.000 pesos para hombres y 16.800.000 para mujeres; y en personal base, 2.200.000 pesos versus 1.600.000 pesos. Para 2026, el 77,5 por ciento de las empresas prevén incrementos salariales, el 2,2 por ciento los descarta y el 20,3 por ciento aún lo tiene indefinido, complementados por beneficios extralegales como el 24,9 por ciento que otorgan prima de Navidad no salarial, el 20,2 por ciento un adicional en diciembre y el 19,3 por ciento días extras de vacaciones, además del salario emocional que incluye bienestar físico y mental, como el trabajo remoto.
La Corte Constitucional ha sido clara al precisar que no existe un deber constitucional ni mandato legal expreso para que las empresas repliquen los aumentos del salario mínimo en los sueldos superiores, los cuales se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo según modalidades por tiempo, obra, destajo o tarea, y se negocian de manera individual, vía sindicatos o acuerdos colectivos. Este contexto, surgido de las discusiones en la Comisión Permanente donde el Gobierno decreta ante la falta de consenso, impacta especialmente a trabajadores en regiones clave de Colombia y subraya la importancia de la negociación para quienes superan el mínimo legal.

















